Boletines/Magdalena

Decreto Nº440

Decreto Nº 440

Magdalena, 31/03/2023

Visto

Las actuaciones del Expediente letra A número 1824-2017 mediante las cuales se otorgó la Habilitación de carácter Provisorio al comercio cuyas actividades son HELADERIA, ubicado en calle 25 de Mayo entre Palleja y Hernando y Reconquista de la localidad de Bartolomé Bavio Partido de  Magdalena, propiedad de ALEGRE CLAUDIA ANALIA, CUIT 27-30429549-5, Legajo Municipal 61951, otorgado mediante Resolución de fecha 27 de octubre de 2017; que por Expediente electrónico 5591/22 solicita anexión del rubro ALMACEN DE COMESTIBLES; y

Considerando

Que a la fecha se han cumplimentado los requisitos para el otorgamiento de la habilitación con carácter definitivo en virtud de haber presentado los planos aprobados correspondientes a la Partida Inmobiliaria n°3457 del comercio designado con el legajo Municipal n°61951, que según las intervenciones e informes de las distintas dependencias municipales aconsejan hacer lugar a lo solicitado, por cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente.

 

Por todo ello,

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha por los motivos expuestos en el exordio, la Habilitación Municipal con carácter Definitivo del establecimiento comercial cuya actividad es HELADERIA (Código de actividad: 62.900-25), propiedad de ALEGRE CLAUDIA ANALIA, CUIT 27-30429549-5, Legajo Municipal Nº 61951 sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección A, Manzana 52, Parcela 6, Partida Inmobiliaria Nº 3457, ubicado en calle 25 de Mayo entre Palleja y Hernando y Reconquista de la localidad de Bartolomé Bavio Partido de  Magdalena .

Artículo 2º: Autorizar y registrar a partir de la fecha, la anexión del rubro ALMACEN DE COMESTIBLES (Códigos de actividad: 62.100-06) al comercio cuya actividad es HELADERIA (Código de actividad: 62.900-25).

Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese.

 

 

Fdo.

LISANDRO HOURCADE

Intendente Municipal

Fdo.

Dña. MARINA NATALIA BLANCO

Secretaria de Gobierno