Boletines/Magdalena

Decreto Nº390

Decreto Nº 390

Magdalena, 20/03/2023

Visto

El expte letra L Nº 429/13 mediante las cuales el Sr. HÉCTOR ANIBAL LOPEZ solicita se lo exima del pago de la Tasa Servicios Generales Urbanos y Contribución para el Control de la Vía Pública, por el bien de su propiedad designado catastralmente como: Circ. I; Secc. A; Mza. 71; Parc. 3b; Partida: 24.476;  y  

Considerando

Que el Sr. LÓPEZ es propietario del único bien según consta en el informe,

Que, la Subdirección de Asesoría Letrada informa que teniendo en cuenta los informes de Catastro, y Acción Social, se encuentran reunidos los requisitos exigidos por la Ordenanza nº 1818/00;

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

ARTICULO 1º.-HACER LUGAR, a la solicitud interpuesta por el Sr. HÉCTOR ANIBAL LOPEZ, EXIMIÉNDOLO, de la Tasa por  Servicios Generales Urbanos correspondiente al año 2023; por el bien de su propiedad designado catrastralmente como: Circ. I; Secc. A; Mza. 71; Parc. 3b; Partida: 24.476 por estar comprendido dentro de lo establecido en la Ordenanza nº 1818/00.-

ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de  Hacienda  de  la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 3º.- Comuníquese, tomen   nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-

 

 

Fdo.

LISANDRO HOURCADE

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda