Boletines/Balcarce
Ordenanza Nº 138/23
Balcarce, 13/07/2023
VISTO:
El expediente N° 1408/B/2023 carátula “Pedido de renovación Contrato de Concesión Cooperativa de Electricidad Gral. Balcarce Ltda.”, y
CONSIDERANDO:
En fecha de 22 de noviembre de 2021, la Cooperativa de Electricidad General Balcarce Ltda., comunicó su intención de prorrogar por el plazo de 30 años el contrato de concesión Municipal para la prestación del Servicio Público de Distribución y Comercialización de Energía Eléctrica y de Alumbrado Público. Solicitud que efectuó conforme la Antelación prevista por el Artículo 5 del contrato que suscribió con la Municipalidad de Balcarce en Octubre de 1998. Asimismo, solicitó la elevación de las actuaciones al Honorable Concejo Deliberante, previo el vencimiento del contrato, asumiendo el compromiso de acreditar la obtención de la renovación de la Licencia Técnica.-
El Contrato de Concesión de Distribución Municipal, según texto Ley 11.769, establece en su Artículo 3, dos periodos de prórroga por el plazo de 30 años cada una, a pedido de parte.-
El servicio concesionado es esencial, por lo que resulta de imperiosa necesidad asegurar la continuidad de la prestación, sin afectar a los usuarios, tal como lo establece el Artículo 29 de la Ley 11.769.-
En fecha de 26 de junio de 2023, la Cooperativa de Electricidad General Balcarce Ltda., por medio de sus autoridades, informó que se encuentra en estado avanzado la renovación de su Licencia Técnica.-
En fecha de 30 de junio del corriente, la Secretaria de Obras Publicas requirió la renovación del contrato de Concesión de la Cooperativa de Electricidad Gral. Balcarce Ltda., con la condición de quedará sujeto a la obtención de su Licencia Técnica Habilitante.-
En fecha de 06 de julio, la Cooperativa de Electricidad Gral. Balcarce Ltda. presentó nota informando que el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires renovó la Licencia Técnica para poder operar.-
El Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia De Buenos Aires resolvió:
“ARTÍCULO 1º. Renovar la Licencia Técnica otorgada por Resolución N° 022/98 del entonces Ente Provincial Regulador Energético, a la “COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD GENERAL BALCARCE LIMITADA” para operar el servicio público de distribución de energía eléctrica, en el área de concesión determinada por el contrato de concesión municipal. ARTÍCULO 2°. Determinar que la presente licencia técnica habilita a la Cooperativa a tramitar la prórroga del contrato de concesión municipal, en tanto el poder concedente municipal así lo determine.”
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1.- Prorróguese la Concesión del Servicio Público de Distribución y Comercialización de Energía Eléctrica y de Alumbrado Público a la Cooperativa de Electricidad Gral. Balcarce Ltda., por el plazo de 30 años.-
ARTÍCULO 2.- Instrúyase al Departamento Ejecutivo a subscribir la prórroga del Contrato de Concesión Municipal con la Cooperativa de Electricidad Gral. Balcarce Ltda.-
ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese regístrese, publíquese.
FIRMADO: Agustín Cassini - PRESIDENTE – Mercedes Palmadés – SECRETARIA.-