Boletines/Balcarce

Ordenanza Nº128/23

Ordenanza Nº 128/23

Balcarce, 13/07/2023

VISTO:

Las notas presentadas por el Grupo de Artillería Antiaéreo 601 “Teniente General Pablo Ricchieri” y Grupo de Artillería Antiaéreo Mixto 602, y

CONSIDERANDO:

Que a través de las citadas notas, las dos unidades del Ejército Argentino solicitan que se considere la posibilidad de condecorar el Pueblo y Gobierno de Balcarce a las Banderas de Guerra de ambos Grupos, por su participación en defensa de la soberanía argentina en la Guerra de Malvinas en 1982.

Que es menester fortalecer los vínculos entre el Pueblo de Balcarce, los Veteranos de Guerra y la Causa Malvinas, manteniendo viva con estas acciones la memoria de quienes ofrendaron su vida en defensa de la Patria y quienes volvieron y nos enorgullecen por su compromiso con la Nación.

POR ELLO:

                      El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1.-  Condecórese, en nombre del Pueblo y Gobierno de Balcarce, a las Banderas de Guerra del Grupo de Artillería Antiaéreo 601 “Teniente General Pablo Ricchieri” y Grupo de Artillería Antiaéreo Mixto 602, por su participación en la Guerra de Malvinas en defensa de la soberanía nacional.-

ARTÍCULO 2.- Autorízase al Departamento Ejecutivo, a acuñar dos medallas alusivas para ser colocadas en las respectivas Banderas de Guerra en la oportunidad que se disponga.-

ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese regístrese, publíquese.-

FIRMADO: Agustín Cassini - PRESIDENTE – Mercedes Palmadés – SECRETARIA.-