Boletines/Mercedes
Decreto Nº 1735/2023
Mercedes, 27/07/2023
Visto
Lo actuado en Expediente Administrativo Nº 2358/2023, caratulado “Licitación Privada n° 42/2023 s/ adquisición de módulo comedor con baño móvil”, y;
Considerando
Que según la necesidad planteada por la Subsecretaría de Servicios Públicos a fojas 3, se convocó al llamado de Licitación Privada n° 42/2023 con motivo de realizar la convocatoria de oferentes y lograr la compra de 1 (un) módulo comedor con baño móvil.
Que dicha adquisición de solventa con fondos provenientes de la Secretaría de Municipios del Ministerio del Interior de la Nación, a partir de un convenio celebrado con dicho ente en el marco del Programa de Asistencia para la Mejora de los Gobiernos Locales “Municipios de Pie”.
Que, a partir de una nueva necesidad formulada por la misma área, se autorizó según decreto de fecha 22/06/2023, obrante a fojas 27, ampliar la cantidad de módulos a adquirir, elevándolo a 2 (dos) unidades de idénticas características.
Que, habiéndose previsto como fecha de apertura de sobres el día 11/07/2023, se han presentado 5 (cinco) oferentes, según consta en Acta de Apertura y Comparativo de Precios obrante en fojas 175 y 176 respectivamente.
Que, visto y analizado las ofertas por el área técnica – Subsecretaría de Servicios Públicos – las propuestas cumplimentan técnicamente con lo solicitado en el pliego de bases y condiciones en cuanto a las características de los bienes a adquirirse. Que la Subsecretaría recibió con fecha 13/07/23 una aclaración de la firma “Pignataro Paulo Matías” en cuanto a las unidades cotizadas, ya que, según consta en el Acta y de acuerdo a su planilla de cotización (fs. 122) el proveedor presupuestó tan sólo 1 (una) unidad de módulo comedor, siendo que se solicitaban 2 (dos) unidades. Alude a error involuntario en su oferta y hacen mención que ofrecen 2 (dos) módulos de iguales características al mismo valor cotizado unitariamente. Por ello, el área sugiere su adjudicación, atento a que cumple técnicamente con lo peticionado y es, a su vez, la oferta más económica, teniendo un 33% de diferencia respecto a la que le continúa (fs. 178).
Que el área de Contaduría Municipal no tiene observaciones que realizar respecto al proceso licitatorio (fs. 182).
Que a fs 184 tomó intervención el área de Asuntos Legales según lo expuesto precedentemente, informando “… Que el oferente hace mención de un error involuntario pero mantiene el precio unitario. Que al no modificar el precio por unidad no alteraría lo sustancial de la propuesta”, haciendo alusión a que la doctrina es pacífica en admitir el saneamiento de los vicios de una oferta, buscando evitar actitudes formalistas, subsanar las irregularidades de detalle y centrando el análisis comparativo sobre los aspectos de fondo de cada oferta. Justifica “… los defectos de forma o no sustanciales y los errores de cálculo en las propuestas podrían ser subsanados, siempre y cuando no implique la modificación de los precios unitarios, por lo que no serían suficientes para descalificar la propuesta de un participante”
Que, teniendo en cuenta ello, se admite el saneamiento de su propuesta, tomándose como valor unitario de cada módulo $6.630.000,00, alcanzando un valor total de $13.260.000,00 (pesos trece millones doscientos sesenta mil con 00/100 centavos) por la cantidad de 2 (dos) módulos comedor con baño móvil de idénticas características.
Que resulta conveniente para el erario municipal resolver su adjudicación, por ser la propuesta más económica y que se ajusta al pliego de bases y condiciones, y que, incluso, se encuentra por debajo del presupuesto oficial – $18.600.000,00 (pesos dieciocho millones seiscientos) – y que, atento a ello y por razones administrativas, económicas y de oportunidad, aconsejan dictar con celeridad el acto administrativo de adjudicación de los bienes mencionados que permita su concreción.
Por ello, el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias.
D E C R E T A:
ARTICULO 1º) AUTORÍCESE la subsanación de la propuesta correspondiente a la firma PIGNATARO PAULO MATÍAS a la cantidad de 2 (dos) módulos comedor con baño móvil por un valor unitario de $6.630.000,00 (pesos seis millones seiscientos treinta mil con 00/100 centavos).
ARTICULO 2º) ADJUDICASE a la firma PINGATARO PAULO MATÍAS por un total de $13.260.000,00 (Pesos trece millones doscientos sesenta mil con 00/100 centavos) la compra de 2 (dos) módulos comedor con baño móvil de idénticas características, según lo especificado en el pliego de bases y condiciones.
ARTICULO 3º) Tómese razón, comuníquese a las áreas competentes y cumplido, archívese.