Boletines/Brandsen
Decreto Nº 2170
Brandsen, 22/08/2023
Visto
Visto el expediente Nº 4015-33.404/23, por el cual la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, gestiona un llamado a Licitación Pública Nº 10/2023, para la contratación de los trabajos que comprenden las tareas de remoción de pavimento asfaltico mediante el sistema de fresado a temperatura ambiente y su reconstrucción con mezcla bituminosa tipo C° A° para la obra: “Mejoramiento de calles Urbanas en Jeppener y Brandsen”, y;
Considerando
Que la Jefe de Contrataciones y Licitaciones constata que no hubo propuestas de ofertas para la presente licitación;
Que a fs. 41 obra el dictamen del Subsecretario Legal y Técnico indicando: “Sra. Directora de Despacho y Digesto: Llegan las actuaciones de referencia con motivo de emitir opinión sobre la LICITACION PUBLICA Nº 10/2023 obra de Mejoramiento de calles urbanas de Jeppener y Brandsen en el marco del convenio Programa Provincial Municipios a la Obra.
De las actuaciones surge que no se recibieron ofertas.
Por lo expuesto, no encuentro objeciones a que se deje sin efecto la misma y se declare desierta la LICITACION. SUBSECRETARIA LEGAL Y TECNICA, agosto 18 de 2023”. Firmado: Luis Mariano Cowen, Subsecretario Legal y Tecnico, Municipalidad de Brandsen;
Que de conformidad con lo previsto por la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Decreto 2980/2000 y ante la ausencia de oferentes que se ajusten a lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, corresponde declarar desierto el procedimiento licitatorio llevado a cabo;
Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
POR ELLO
El Intendente Municipal de Brandsen decreta
ARTÍCULO 1º.-Declárese desierta la Licitación Pública Nº 10/2023, para la contratación de los trabajos que comprenden las tareas de remoción de pavimento asfaltico mediante el sistema de fresado a temperatura ambiente y su reconstrucción con mezcla bituminosa tipo C° A° para la obra: “Mejoramiento de calles Urbanas en Jeppener y Brandsen, por ausencia de oferentes que se ajusten a lo solicitado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Decreto 2980/2000.-
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º, será imputado a Jurisdicción 4000 Secretaria de Obras y Servicios Públicos - Categoría Programática: 43.83.00 - Imputación: 4.2.2 – Fuente de Financiamiento: 132.-
ARTÍCULO 3º.-El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Hacienda, y de Obras y Servicios Públicos.-
ARTÍCULO 4º.-Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese.-