Boletines/Brandsen
Decreto Nº 2136
Brandsen, 17/08/2023
Visto
Visto el expediente Nº 4015-33.926/23, por el cual la Secretaría de Salud y Desarrollo Social, gestiona un llamado a Concurso de Precios Nº 26/2023, para la Compra de alimentos para ser entregados a familias en situación de vulnerabilidad social, y;
Considerando
Que a fs. 4/14 se agrega el Pliego de Condiciones Generales y Particulares que regirá dicho Concurso;
Que a fs. 16 obra dictamen del Subsecretario Legal y Técnico: “Sra. Directora de Despacho y Digesto: Dan cuenta estos obrados del Concurso de Precios 26/2023 para la adquisición de alimentos para ser entregados a familias en situación de vulnerabilidad social. Del análisis de la documentación no encuentro objeciones legales que formular a la misma, por lo tanto de estar de acuerdo el D.E., debería dictarse el acto administrativo convocando a concurso, y realizarse las invitaciones de rigor. Subsecretaria Legal y Técnica, agosto 17 de 2023. Firmado: Luis Mariano Cowen. Subsecretario Legal y Técnico. Municipalidad de Brandsen”;
Que la contratación queda comprendida dentro del límite establecido por el artículo 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, actualizado por Resolución 332/2023 del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, para ese tipo de trámite en función del monto, previsto por la norma citada;
Que se han observado en lo actuado las pautas establecidas por el Decreto 2980/2000;
Que en consecuencia, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
POR ELLO
El Intendente Municipal de Brandsen decreta
ARTÍCULO 1º.-Autorizase el llamado a Concurso de Precios N° 26/2023 para la Compra de alimentos para ser entregados a familias en situación de vulnerabilidad social, por un presupuesto oficial de pesos seis millones quinientos veinticuatro mil con 00/100 ($6.524.000,00). -
ARTÍCULO 2º.-Apruébase la documentación técnica que regirá el aludido concurso y fíjese para el día 24 de agosto de 2023, a las 10.00 hs., la apertura de las propuestas.-
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º, será imputado a Jurisdicción 3000 Secretaria de Salud y Desarrollo Social - Categoría Programática: 36.06.00 - Imputación: 5.1.4 – Fuente de Financiamiento: 110.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Hacienda y de Salud y Desarrollo Social.-
ARTÍCULO 5º.-Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese.-