Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1963
Brandsen, 03/08/2023
Visto
Visto el Expte. Nº 4015-32384/23 iniciado por la Dirección de Cementerio, y;
Considerando
Que a fs. 1 la mencionada Dirección solicita el desalojo de la Bóveda N°07 Sección 3ra Letra B y Letra D debido a su estado de abandono y con el periodo de arrendamiento vencido, fundamentado por lo dispuesto en la Ordenanza N° 88/86;
Que en ese orden, el Subsecretario Legal y Técnico de esta Municipalidad mediante dictamen Nº 24/2023 señala: “Sr: Director de Cementerio: Vienen las presentes actuaciones a efectos de emitir opinión en relación a la solicitud efectuada por el Director de Cementerio local Jorge Raúl Daguerre. Con carácter previo al desalojo que sugiere el Sr. Director de Cementerio, recomiendo la aplicación analógica de los establecido en el art. 47 de la Ord. 88 a la situación de las bóvedas identificadas como Bóveda N° 7, Sección 3°, Letra B y Letra D, si bien el art. 47 de la misma norma esta reservado para el caso de sepulturas en tierra, a fin de preservar el derecho de defensa de quien pudiese tener o ejercer derechos sobre las construcciones, corresponde se publique un edicto por un día en el Semanario Local para que el propietario y/o herederos de las bóvedas se presenten hacer valer sus derechos y a reparar las bóvedas en el plazo de noventa (90) días, ello bajo apercibimiento de disponer de la caducidad de las concesiones y se ordenase el desalojo (art.48 Ord.88). Por lo tanto, devuelvo las actuaciones para que el Director del Cementerio gestiones la publicación de edicto y adopte el procedimiento que a criterio de esta Subsecretaria debería seguirse. SUBSECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA, marzo 01 de 2023;
Que por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo pertinente;
POR ELLO
El Intendente Municipal de Brandsen decreta
ARTÍCULO 1º.- Autorizase, por un (1) día, la publicación en el Semanario local del edicto detallado a fs. 9 de las presentes actuaciones. -
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Hacienda y de Obras y Servicios Públicos. -
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a quien corresponda, dése al Registro Oficial y cumplido, archívese.-