Boletines/Brandsen

Decreto Nº1930

Decreto Nº 1930

Brandsen, 01/08/2023

Visto

Visto el Expediente Nº 4015-33598/23 por el cual ESCOT, Yanet DNI 35.126.647 solicita una habilitación de comercio transitoria bajo el rubro “ALMACEN Y DESPENSA”, en el inmueble ubicado en calle Saavedra Esq Berutti, de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección A - Mz. 51 – Parcela 8E y, correspondiente a la Partida Nº 24597, y;

Considerando

Que a fs. 32 se expide la Directora de Habilitaciones: “Visto la solicitud de HABILITACION TRANSITORIA de comercio iniciado por ESCOT, Yanet DNI 35.126.647 en relación al inmueble sito en calle Saavedra Esq Berutti de la ciudad de Brandsen, identificado con nomenclatura catastral Circ. I – Sección A - Mz. 51 – Parcela 8E y, correspondiente a las cuentas 24597 (de tasa de Servicios Urbanos/Mantenimiento de Red Vial). Que la misma se encuentra conforme Ordenanza de Habilitaciones en categoría 2 (dos), por tratarse del rubro “ALMACEN Y DESPENSA y habiendo cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente. Gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen, para la elaboración y firma del Decreto. Cumplido, vuelva a fin de confeccionarse desde la Dirección a mi cargo el Certificado de Habilitación y procederse a la entrega del mismo al titular del establecimiento comercial habilitado. Firmado: Camila Castillo. Directora de Habilitaciones. Municipalidad de Brandsen”;

 

                        Que según la Ordenanza Nº 2246 aplicable al caso establece en el Art. 6 “Quienes se incorporen al presente régimen y obtengan la ATF gozaran de un plazo de hasta dos (2) años corridos contados a partir de la fecha de notificación de su otorgamiento, para cumplimentar con todos los requisitos establecidos en la Ordenanza de Habilitaciones y a las Ordenanzas Fiscal e Impositiva a los fines de obtener la Habilitación Municipal Definitiva”;

 

 

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;

POR ELLO

El Intendente Municipal de Brandsen decreta

ARTICULO 1º.- Otórguese una habilitación de comercio transitoria a ESCOT, Yanet DNI 35.126.647 bajo el rubro “ALMACEN Y DESPENSA”, en el inmueble ubicado en calle Saavedra Esq Berutti, de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección A - Mz. 51 – Parcela 8E y, correspondiente a la Partida Nº 24597. -

 

ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza 1305/08 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal.-

 

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Hacienda y de Protección Ciudadana y Habilitaciones.-

 

ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese.-