Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 2381
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 11/09/2023
Visto las actuaciones iniciadas por el Sr. Santarossa Osvaldo Isaias, D.N.I. 11.482.020 de la Distribuidora Santarossa, por la cual solicita autorización para realizar la actividad denominada “Patio de Catas”, los días 14 y 15 de septiembre de 2023, a partir de las 20.30 horas y hasta las 00 horas de los días siguientes; y
CONSIDERANDO:
Que la propuesta consiste en realizar una apertura del comercio en un horario extendido, durante las dos jornadas, donde se presentaran stans de distintas bodegas proveedoras, donde se degustarán diferentes vinos, como así también ofrecer a los participantes la posibilidad de adquirir los diferentes vinos.
Que la realización de las actividades se desarrollará dentro del inmueble habilitado, en sector de estacionamiento de clientes.
Que el Departamento Habilitaciones Comercio e Industria informa que se trata de un evento temporario en un local habilitado, que si bien cuenta con licencia ReBA vigente, por tratarse de un evento especial con características diferentes a su actividad habitual, deberá tramitar la licencia temporaria por día para eventos en la Categoría D C2.-
Por lo expuesto, el Sr. SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS , en uso de sus facultades conferidas mediante Decreto Nº 2900/2021:
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º)- Autorícese al señor Santarossa Osvaldo Isaias, D.N.I. 11.482.020 a realizar la actividad denominada “Patio de Catas”, los días 14 y 15 de septiembre de 2023, a partir de las 20.30 horas y hasta las 00 horas de los días siguientes;
ARTICULO 2º)- La autorización otorgada por el artículo precedente quedará sujeta al cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Tramitar la licencia temporaria por día para eventos en la Categoría D C2.-
- Respetar lo dispuesto en la Ordenanza N.º 20916, en cuanto a niveles de sonido y ruidos molestos, dentro y fuera del establecimiento.-
ARTICULO 3º)- Déjese establecido que el evento se realiza bajo la exclusiva responsabilidad del organizador, por accidentes que pudieran ocurrir por negligencias imputables a la organización y que, en caso de no cumplirse con lo establecido en el artículo anterior se dará por anulada la presente autorización.-
ARTICULO 4º) Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota Departamento de Habilitaciones Comercio e Industria, hecho: ARCHIVESE.-