Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº3636

Decreto Nº 3636

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 04/09/2023

VISTO el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la Redeterminación de Precios Provisoria correspondiente al CERTIFICADO N° 5  de la obra: "REMODELACIÓN Y PUESTA EN VALOR DE AVENIDA 14 DE JULIO ENTRE JORGE NEWBERY Y VICTORICA", adjudicada a la empresa COINCE BAHÍA S.A. mediante Decreto Nº 200/2023; y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 y 2 vuelta el Departamento Vialidad informa que por Ordenanza N° 20.986 la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto 290/2021 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que regula el sistema de redeterminaciones de precios en contratos de Obra Pública. Que la Fecha de Licitación - Mes Base Octubre 2022; la Fecha del Contrato es 06-02-2023, el Acta de Replanteo el 09-02-2023, y con un  Plazo de Obra de 240 días.-

Que el Departamento Técnico ha analizado la presentación de la redeterminación de precios Provisoria de la empresa COINCE BAHÍA S.A., la cual fue presentada en los plazos legales previstos por la Ordenanza N° 20.986.-

Que al CERTIFICADO Nº 5 se le realiza el análisis con los índices correspondientes al mes de JUNIO 2023. Se informa que el Mes de Ejecución de los trabajos fue en el mes de JUNIO-2023, la Fecha de certificación el 10/07/2023; la Fecha de Publicación de los índices JUNIO 2023 fue el 27 de Julio 2023; la Fecha de Presentación de la empresa 08/08/2023, Porcentaje de Avance con respecto a la curva de inversión es del 60.03% y porcentaje de curva alcanzado: 59.56%.

Que el CERTIFICADO N° 5 cumplimenta lo dispuesto en el Artículo 9º de la Ordenanza 20986/2021 que exige alcanzar como mínimo el noventa por ciento (90%) del avance proyectado, aprobado y acumulado, para el mes del certificado correspondiente, se toma el valor de cotización de los últimos índices correspondientes al mes de ejecución de los trabajos (JUNIO 2023). 

Que el importe del certificado redeterminado N°5 es de $48.912.906,96; el importe del certificado N°5 es de $30.209.935,74.- siendo la diferencia del certificado un monto de $18.702.971,22.- ; el descuento por Anticipo Financiero 30% es de $ 5.610.891,37.- resultando un total redeterminado un importe de $13.092.079,85.-

Que el incremento en porcentaje del certificado N°5 final redeterminado respecto al certificado N° 5 final a valores de contrato es de 61,91%.

Que se incorpora la tabla correspondiente a la redeterminacion de precios N°5, la cual difiere con la ejecutada por la empresa en el coeficiente base ( Octubre 2022) de costo financiero, de acuerdo al Pliego  presentado debe considerarse el día 15 o día hábil posterior del mes base. Sin embargo, aun así, el coeficiente de variación coincide.

Que el Departamento Vialidad sugiere que se apruebe la redeterminación del CERTIFICADO N° 5 por el monto de PESOS TRECE MILLONES NOVENTA Y DOS MIL SETENTA Y NUEVE CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($13.092.079,85.-)

Que así mismo, la Oficina Técnica considera que debería remitirse el presente acto al Secretario de Economía para su aprobación.

Que a fojas 26 el informe de la asesora letrada de la Secretaría de Infraestructura manifiesta que "... Atento a lo señalado por la Oficina Técnica a través de la Ordenanza Nº 20986 Municipio de Bahía Blanca se adhiere al Decreto Provincial Nº 290/2021.

Es importante aclarar, que el análisis que efectúa esta asesoría, es de neto corte legal, quedando bajo la órbita de cada Departamento Técnico la evaluación técnica de la petición ejecutada por la contratista.

En tal sentido dejo constancia, que el análisis deber ajustarse a lo establecido por la ordenanza nombrada, respecto a los plazos previstos. Asimismo, surge del pedido de la contratista el cumplimiento de los recaudos exigidos por el artículo 23.

En caso de que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, entiendo que la misma deberá rechazarse.

En este caso, no observo impedimento legal alguno para la aprobación de los pedidos de redeterminación según Ordenanza Municipal Nº 20986 conforme los términos del informe técnico, por lo cual sugiero, salvo opinión de la autoridad en contrario, que el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por la normativa..."

Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surgen que corresponde aprobar la redeterminación de precios provisoria del CERTIFICADO N° 5 de la obra: "REMODELACIÓN Y PUESTA EN VALOR DE AVENIDA 14 DE JULIO ENTRE JORGE NEWBERY Y VICTORICA", el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

ARTÍCULO 1º: Aprobar la Redeterminación Provisoria de precios del CERTIFICADO N° 5 de la obra: "REMODELACIÓN Y PUESTA EN VALOR DE AVENIDA 14 DE JULIO ENTRE JORGE NEWBERY Y VICTORICA", por un monto total de PESOS TRECE MILLONES NOVENTA Y DOS MIL SETENTA Y NUEVE CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($13.092.079,85.-) , en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. 417R-6583-2023.-

ARTÍCULO 2º: Para el Pago de la redeterminación provisoria de precios deberán estar cumplidos los requisitos del Artículo N° 16 de la Ordenanza N° 20.986.-

ARTÍCULO 3º: Encomendar a la Oficina Técnica a cumplir en el momento correspondiente con lo establecido en los Artículos 18, 19 y 20 de la Ordenanza N° 20.986.-

ARTÍCULO 4º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 133, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 50.89.00, Gasto 4.2.2.0. del Presupuesto de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 5º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-

ARTÍCULO 6º: Cúmplase; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra; tome nota el Departamento Vialidad y notifíquese a la empresa interesada a través del mencionado Departamento; incorpórese a través del mismo, copia del presente Decreto al expediente 417R-5612-2022 c/ 417R-582-2023. Cumplido ARCHÍVESE.-