Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº3385

Decreto Nº 3385

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 24/08/2023

VISTO el informe elevado a fojas 2 por los Departamentos Inspecciones de Obras Viales y Servicios y Vialidad, referido a la ampliación del monto y plazo contractual de la obra: "PAVIMENTACIÓN INTERSECCIÓN DE CALLES PEDRO PICO Y MOSCONI", adjudicada a la empresa ING. JOSÉ MARÍA POGGIO S.R.L. por Decreto Nº 527/2023, dictado en el Expediente Nº 417R-304-2023, y;

CONSIDERANDO:

Que los Departamentos, mencionados en el visto, informan que en la obra han surgido trabajos a ejecutar que no fueron contemplados en el pliego licitatorio.

Que el Departamento de Inspecciones de Obras Viales y Servicios informa que se solicitó a la Dirección de Ordenamiento Forestal Urbano el permiso para la extracción de 5 ejemplares de eucaliptos de gran porte, los cuales, según el proyecto original de la obra, imposibilitan la concreción de una curva con dimensiones correctas para la circulación de camiones..

Que la oficina técnica sugiere una ampliación de obra por un monto de $1.378.112,80 que representa un 4,905% respecto al monto del contrato, y una ampliación de plazo de quince (15) días a partir de la orden de compra respectiva. 

Que la cotización que presenta la empresa, de fojas 8 a 13, es por los trabajos de extracción de 5 ejemplares de eucalipto y transporte de material a un punto dispuesto por la Municipalidad. Dichos valores se corresponden con los valores vigentes en plaza para dicha tarea.-

Que a fojas 14, consta copia fiel del informe emitido por la Dirección Ordenamiento Forestal Urbano donde expone que, habiéndose inspeccionado los 5 ejemplares de eucalipto, los cuales se encuentran fitosanitariamente en condiciones óptimas pero que atendiendo la solicitud de la oficina técnica y que los árboles se encuentran en la traza de la obra, imposibilitando generar una curva con las dimensiones correctas para la circulación de camiones y en virtud de la Ley Provincial de Arbolado Público, Art. 5 Inciso e) y la Ordenanza Municipal de Arbolado Urbano y Espacios Verdes N° 15.523 Art. 18 Inciso 2, la mencionada Dirección otorga el permiso de extracción de dichos ejemplares.-

Por lo expuesto y atento a lo establecido en el artículo 146º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- DECRETA -

ARTÍCULO 1º: Ampliase en un 4,905% lo que significa la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO DOCE CON OCHENTA CENTAVOS ($1.378.112,80.-), el monto contractual de la obra: "PAVIMENTACIÓN INTERSECCIÓN DE CALLES PEDRO PICO Y MOSCONI", adjudicada a la empresa ING. JOSÉ MARÍA POGGIO S.R.L., por Decreto Nº 527/2023, dictado en el Expediente Nº 417R-304-2023, en un todo de acuerdo a lo informado por los Departamentos de Inspecciones de Obras Viales y Servicios y Vialidad en expediente 417R-6414-2023.

ARTICULO 2°: Amplíase en QUINCE (15) días corridos el plazo contractual de la obra citada en el artículo primero, a partir de la confección de la orden de compra respectiva, en un todo de acuerdo a lo informado por los Departamentos de Inspecciones de Obras Viales y Servicios y Vialidad.-

ARTÍCULO 3: Previamente al inicio de los trabajos la empresa contratista deberá presentar en el Departamento de Inspecciones de Obras Viales y Servicios la garantía que avale el compromiso asumido en la ejecución de la presente ampliación, equivalente al 5% de monto indicado en el artículo 1º.

ARTÍCULO 4º: El gasto que demande lo dispuesto en el artículo primero deberá imputarse a la Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Prog. 51.75.00, Gasto 4.2.2.0., del Presupuesto de Gastos.-

ARTÍCULO 5º: Cúmplase, dése al R.O, Pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra.- Notifíquese a la Empresa interesada por intermedio del Departamento de Inspecciones de Obras Viales y Servicios. Tome conocimiento el citado Departamento, el Departamento Vialidad, la Dirección de Ordenamiento Forestal Urbano. Cumplido, ARCHIVESE.-