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Resolución Nº483

Resolución Nº 483

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 07/08/2023

Vistas las presentes actuaciones iniciadas por el Sr. Juan Carlos AZZINI, D.N.I Nº 11.253.826, Contribuyente Municipal Nº 49631, titular del legajo de Taxi nº 255 asignado a la parada nº 2, referidas a obtener autorización para iniciar los trámites de transferencia de los derechos de explotación del legajo mencionado, a favor del Sr. Martin SANDER, D.N.I Nº 41.574.757 y considerando:

Que la Ordenanza Nº 15431 en su artículo 26 establece: “Para transferir su legajo, el titular deberá solicitar autorización al Departamento Ejecutivo, acreditando un mínimo de cinco (5) años en la explotación. Se denegará la transferencia ante la constatación de deuda con el municipio derivada de la prestación del servicio. Corresponde al adquirente cumplir con los requisitos establecidos para los titulares del legajo de taxi vigentes al momento de la transferencia.”

Que el Sr. Juan Carlos AZZINI, cumple con lo normado en la Ordenanza 15431 art. 26, en referencia a la antigüedad requerida, ya que explota el legajo desde el 7 de julio de 1997, según Resolución nº 3/1049 recaída en expediente 0-5876/1997 de fs. 6. y no posee deudas según estado de Comercio del Dpto. Recaudación obrante a fs. 3.

Que tal como surge del informe de la División de Transporte Urbano a fs. 12, y de los antecedentes obrantes en el expediente de referencia, el Sr. Martin SANDER ha presentado la documentación necesaria para autorizar la transferencia.

Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º) Autorizar al Sr. Juan Carlos AZZINI, D.N.I Nº 11.253.826, Contribuyente Municipal Nº 49631, titular del Legajo de Taxi Nº 255 asignado a la parada nº 2, a transferir la titularidad de los derechos de explotación del legajo, a favor del Sr. Martin SANDER, D.N.I Nº 41.574.757, en los términos dispuestos en la Ordenanza Nº 15431 y el Decreto Nº 1.644/2010.

ARTICULO 2º) Hágase saber al Sr. Juan Carlos AZZINI, que en el plazo de noventa (90) días corridos a contar a partir de su notificación, deberá dar cumplimiento con las exigencias previstas para la transferencia de fondo de comercio (Ley Nº 11.867), y en el Art. 26º de la Ordenanza Nº 15.431 y su Decreto Reglamentario, bajo apercibimiento de multa.

ARTICULO 3º) Hágase saber al Sr. Martin SANDER, D.N.I Nº 41.574.757, que deberá dar cumplimiento a la totalidad de los requisitos establecidos para los titulares de registros de taxis, vigentes al momento de la transferencia (artículo 30º, Ordenanza nº15.431).

ARTICULO 4º) Cúmplase, notifíquese por intermedio de la División Transporte Urbano a los interesados. ARCHÍVESE en la División Transporte hasta dar cumplimiento al Artículo 3º.-