Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº3474

Decreto Nº 3474

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 28/08/2023

VISTO la solicitud de pedido Nº 5583 originada en la Secretaría de Salud, con el objeto de prestar el servicio de psicopedagoga, a efectos de ejecutar el Plan de Psicopedagogía en el Primer Nivel de Atención ; y

CONSIDERANDO que frente a la carencia de suficiente personal idóneo con disponibilidad horaria, que posea el titulo habilitante y los antecedentes que lo avalen, todos ellos necesarios para prestar el servicio que tiene por objeto el suministro de referencia, es que a fs. 3 se encuentra la nota de solicitud confeccionada por la Secretaria de Salud; por lo que a fs. 4 las presentes actuaciones que se encuentra la declaración de incompetencia para llevar a cabo las tareas requeridas,

Dado que Mantiñan Guerra Carla Soledad DNI 36.327.429 viene desarrollando de manera satisfactoria y sin ningún tipo de objeción las tareas de objeto de la presente contratación, es que se solicita su prorroga,

Que persiste la causa que se genero la necesidad que llevo a la declaración de incompetencia oportunamente, por lo que se adjunta copia del Curriculum Vitae y antecedentes que avalan lo dicho en el párrafo presente de fs. 5 a 12, y su Declaración Jurada a fs. 13.

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BAHÍA BLANCA en uso de sus facultades,

- DECRETA -

ARTICULO 1°): Declarar la incompetencia en la órbita de la Secretaría de Salud, por no contar con disponibilidad de profesionales pertenecientes a la rama de la psicopedagogía, con el objeto de realizar tareas relativas al Plan de Psicopedagogía en el Primer Nivel de Atención.

ARTICULO 2°): Adjudíquese a Mantiñan Guerra Carla Soledad DNI 36.327.429 la prestación del servicio de psicopedagogía, con destino al cumplimiento del Plan de Psicopedagogía en el Primer Nivel de Atención, en todo lo atinente a intervenciones, orientación, atención individual familiar y/o grupal, realización de talleres de niños en diferentes ámbitos y contextos que se atienden en Unidades Sanitarias y Centros de Salud, como así también actividades de promoción, prevención y tratamiento, bajo dependencia de la Secretaria de Salud; por un total de 400 horas de servicio correspondiendo un monto por hora de pesos novecientos cincuenta y cinco ($955), siendo un total de pesos trecientos ochenta y dos mil ($382.000,00)a partir del 01 de Septiembre de 2023 y hasta el 31 de Octubre de 2023, pudiendo recibir pagos parciales, en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.

ARTICULO 3°): Encomendar al Subsecretario de Salud, el control de la efectiva prestación del servicio contratado.

ARTICULO 4°): Cúmplase. Notifíquese. Dese al R.O. Tome nota a sus efectos al Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaria de Salud; hecho: ARCHIVESE.-