Boletines/Tandil

Decreto Nº3343/2023

Decreto Nº 3343/2023

Tandil, 12/09/2023

Visto

La solicitud de declaración de interés municipal presentada por la Sra. Virna Rivero Atteret, directora del Coro Vocalis de Tandil; y

Considerando

Que dicha agrupación coral organiza el 15° Encuentro Coral Serrano de Tandil, a llevarse a cabo los días 14 y 15 de Octubre del corriente año, el cual busca sumarse a las celebraciones por el Bicentenario de Tandil, promoviendo la cultura y belleza de su gente como la de su naturaleza.

Que el grupo coral Vocalis es un colectivo de personas unidas por la pasión por el canto coral, habiendo comenzado su actividad en la ciudad de Tandil en el año 2007, con la finalidad de expresar y promover la música coral a toda la comunidad.

Que han participado de encuentros corales en diferentes ciudades de la zona y Bs. As., así como en la organización de las distintas ediciones del Encuentro Coral Serrano de Tandil, acercando dicha disciplina a la ciudadanía.

Que cuentan con el reconocimiento como promotores culturales del canto coral y la música por parte del INAMU (Instituto Nacional de la Música) quién en dos oportunidades les otorgó una subvención con la que desarrollaron capacitaciones musicales para docentes de Tandil y la región.

Que el día 4 de Abril de 2023 se celebró el 200° aniversario de la fundación de la ciudad de Tandil, siendo el Bicentenario un hecho de trascendencia histórica que involucra a toda la comunidad.

Que en este marco, es de interés del Departamento Ejecutivo reconocer las actividades sociales, culturales, deportivas, educativas y religiosas que acompañen la celebración del Bicentenario de nuestra ciudad.

Que se ha expedido al respecto la Subsecretaria de Cultura y Educación.

Por todo ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Declárase de INTERÉS MUNICIPAL la realización del 15º Encuentro Coral Serrano de Tandil, a llevarse a cabo en nuestra ciudad los días 14 y 15 de Octubre del corriente año, organizado por el Coro Vocalis de Tandil.

Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 3°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal. Tomen conocimiento Subsecretaria de Cultura y Educación y oportunamente archívese.

Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                                 Secretaría de Gobierno          -                  Intendencia