Boletines/Tandil
Decreto Nº 3336/2023
Tandil, 11/09/2023
Visto
La solicitud de ampliación de designación como personal de Servicio – Mucama de la agente Gisela Romina Wanda Bertoglio - Legajo 11.631, efectuada por la Jefatura y la Coordinación del Departamento de Servicios Generales del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado en virtud de la renuncia del agente Leonel Albisini.
Considerando
Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Que fue designada por Disposición del Presidente y Vicepresidente del SISP el 16 de mayo de 2023, siendo su desempeño favorable.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Desígnese a Wanda Bertoglio - Legajo 11.631, como Personal de Servicio – Categoría 1 – 48 horas semanales de la planta temporaria en carácter de mensualizada del Hospital “Ramón Santamarina”, como personal de Servicio – Mucama a partir del 12 de agosto de 2023 y por el término de seis (6) meses, ad referéndum de los exámenes preocupacionales.
Artículo 2°: Se deja establecido que la señora Wanda Bertoglio se desempeñará dentro del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, debiendo cumplir horarios rotativos, mañana, tarde y noche, en días hábiles, sábados, domingos y feriados, con disponibilidad a cualquier modificación que pudiere determinar la Coordinación de Mucamas/os.
Artículo 3°: Por lo expuesto, solamente se dará trámite favorable si se insiste el gasto en los términos de la normativa citada precedentemente.- La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática, 17.00.00 Hospital Ramón Santamarina, 17.01.00 Hospital Ramón Santamarina –Administración y Conducción, 1.0.0.0 Gastos en Personal, 1.2.0.0 Personal Temporario, 1.2.1.0 – Retribuciones del Cargo, 1.2.1.1 Personal Provisional, 1.2.2.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.2.2.2 Por Extensión Horaria, 1.2.2.3 Liquidación Obra Social del presupuesto de gastos en vigencia.
Artículo 4°: Insístase ante el Departamento de Contaduría la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia, Vicepresidencia y Dirección General Administrativa del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Matías Tringler (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia