Boletines/Tandil

Decreto Nº3335/2023

Decreto Nº 3335/2023

Tandil, 11/09/2023

Visto

La solicitud de reubicación y modificación del cargo de la Lic. en Psicología Silvina Soledad Grill – Legajo 8.398 con el fin de incorporarse al sistema de Guardia Activa de Salud Mental del Servicio de Emergencia del Hospital “Ramón Santamarina” del Sistema Integrado de Salud Pública, en virtud de la baja de la Lic. Patricia Mora -Legajo 8.405.

Considerando

Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Modifíquese el cargo de la Lic. en Psicología Silvina Soledad Grill – Legajo 8.398, actualmente designada como Personal Profesional, categoría 13 - 24 horas semanales del Régimen de Planta de la Planta Permanente al cargo de Régimen de Guardia 24 horas semanales, conservando su categoría 13, cumpliendo funciones en el sistema de Guardias Activas de Salud Mental Comunitaria del Servicio de Emergencias del Hospital “Ramón Santamarina” del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, a partir del 1º de septiembre de 2023.

Artículo 2°: Dese de baja, en este acto administrativo, su bonificación por Jefatura de Unidad de Consultorios Eternos de la Dirección de Salud Mental Comunitaria.

Artículo 3°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 – Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 17.00.00 – Hospital Ramón Santamarina, 17.01.00 Administración y Conducción, Fuente de Financiamiento 110 Tesoro Municipal, 1.0.0.0 Gastos en Personal, 1.1.0.0 Personal Permanente, 1.1.1.0 Retribuciones del cargo, 1.1.1.3 Personal Profesional, 1.1.3.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.1.3.1 Por Antigüedad, 1.1.3.7 Honorarios Profesionales, 1.1.5.0 Otros gastos en personal, 1.1.5.3 Bonificación Guardias Médicas, 1.1.5.7 Bonificación especial del Presupuesto en vigencia.

Artículo 4°: Insístese ante el Departamento de Contaduría la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia, Vicepresidencia y Dirección General Administrativa del SISP Ente Descentralizado, Dirección de Salud Mental Comunitaria, Dirección del Hospital “Ramón Santamarina”, Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.

Firma Digital: Matías Tringler (Presidente)                   - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

          Presidencia del Sistema Integrado de Salud            -                Intendencia