Boletines/Tornquist
Ordenanza Nº 3035/18
Tornquist, 02/05/2018
VISTO:
El Contrato de Locación firmado entre el Sr. Héctor Abel Zajac y la Municipalidad de Tornquist, referido al inmueble ubicado en la calle Avenida 1 Nº 721 de la ciudad de La Plata, y;
CONSIDERANDO:
Que la vivienda mencionada está destinada al alojamiento de estudiantes del Partido de Tornquist, que cursan estudios de nivel superior en esa ciudad;
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es necesaria la intervención del Honorable Concejo Deliberante;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
En uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Convalídese la firma del Contrato de Locación celebrado entre el Sr. Héctor Abel Zajac y el Sr. Intendente Municipal Sergio Fabián Bordoni en representación de la Municipalidad de Tornquist, por el inmueble sito en calle Avenida 1 Nº 721, Piso 1, Depto. “o”, entre las calles 46 y 47 de la ciudad de La Plata, con destino al alojamiento de estudiantes del Distrito que cursan estudios superiores en esa ciudad.-
ARTICULO 2º: El Contrato mencionado, que consta de trece (13) cláusulas, forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Cumplido: ARCHÍVESE.-
APROBADO POR UNANIMIDAD, EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D DE TORNQUIST, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-
3035-zajac
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