Boletines/Lobos
Decreto Nº 065/18
Lobos, 05/01/2018
Visto
Que la Secretaría de Seguridad necesita contar con más personal para desarrollar tareas de su competencia; y
Considerando
Que, es facultad del Departamento Ejecutivo la designación de personal, conforme a lo dispuesto en los Artículos 6º y 95º de la Ordenanza Nº 2789 “Estatuto para el Personal Municipal”
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Desígnense en la Planta de Personal Temporario de la Municipalidad de Lobos, para realizar tareas de Choferes de Patrullas Comunitarias en la Secretaría de Seguridad, con la remuneración equivalente a la Categoría 16 del Presupuesto de Gastos en vigencia, a partir del día 1º de enero y hasta el día 30 de junio de 2018 inclusive, a los Agentes que a continuación se detallan:
Apellido y Nombres: L.P.: Tipo y Nº de Documento:
Duarte, José Luis 1911 DNI Nº 20.615.534
Poso, Luis Alberto, 2193 DNI Nº 18.045.370
Del Barrio Miguel Ángel 2220 DNI Nº 13.300.181
ARTÍCULO 2º: Desígnense al Agente Oscar Carlos, Arguello, L.P. 2404, DNI Nº 20.922.418, en la Planta de Personal Temporario de la Municipalidad de Lobos, para realizar tareas de Chofer de Patrullas Comunitarias en la Secretaría de Seguridad, con la remuneración equivalente a la Categoría 12 del Presupuesto de Gastos en vigencia, a partir del día 1º de enero y hasta el día 30 de junio de 2018 inclusive.-
ARTÍCULO 3º: Las presentes designaciones podrán ser rescindidas por la Municipalidad de Lobos en cualquier momento y sin causa, con la sola obligación de darle aviso previo en forma fehaciente a los interesados con diez (10) días de anticipación, sin derecho de parte de los Agentes a exigir indemnización alguna.-
ARTÍCULO 4º: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Jurisdicción1110107000- Categoría Programática 16.02.00 -Personal Temporario del Presupuesto de Gastos en vigencia.-
ARTÍCULO 5º: Dése copia del presente Decreto a la Dirección de Recursos Humanos a fin de actuar al efecto.-
ARTÍCULO 6º: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-