Boletines/Coronel Rosales

Decreto Nº509/2023

Decreto Nº 509/2023

Coronel Rosales, 31/08/2023

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expte. S-10/23 referente a las facultades previstas en el Art. 359 de la Ordenanza Fiscal Impositiva Nº 4196 del año 2023, relativas al esquema de descuentos previsto por cancelación total de deuda de contado de tasas o derechos municipales,

Considerando

Que dichos beneficios fueron solicitados por los contribuyentes mediante las pertinentes notas ingresadas por Mesa de Entradas Municipal.-

Que se encuentra involucrado el interés público, en cuanto a optimizar la recaudación y la conveniencia de saldar la deuda existente.-

Que los contribuyentes exteriorizaron su voluntad de cancelar lo adeudado y mantener una conducta de cumplimiento, para lo que solicitaron se aplique el beneficio previsto en el Artículo mencionado. -

Que, al efecto, se tuvieron en consideración los factores relativos a la antigüedad de la deuda, el monto de la misma y el interés por el recupero del recurso.-

Que en virtud de lo previsto por el Art. 359 de la Ordenanza Fiscal Impositiva Nº 4196 del año 2023 resultó aplicable el esquema de descuentos mencionado en los distintos casos abajo referidos.-

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades; DECRETA

ARTÍCULO 1º: Convalídase lo actuado en virtud de la aplicación del Art. 359 de la Ordenanza Nº 4196, en relación a la cancelación de la deuda registrada en los imponibles enunciados a continuación: I-49909; I-49390; I-49391; I-49392; I-49393; I-49394; I-49395; I-49396; I-49538; I-49551; I-49609; I-49612; I-49619; I-49620; I-49624; I-49633; I-49651; I-49885; I-49886; I-49890; I-49892; I-49893; I-49898; I-49903; I-49904; I-49908; I-49901; I-49889; I-49530; V-3010292; C-1071; V-9887726221; I-49652; I-49618; I-39730; I-19163; I-38531; I-10180; I-47743; V-9887725285; I-4035; V-1018226; I-6896; I-35597; I-9911; I-19530; I-11246; C-11794; I-42967.

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Economía.-

ARTICULO 3º: Regístrese.- Tomen conocimiento la Secretaría de Gobierno y la Dirección de Rentas, déjese constancia de ello en el expte. y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda.- Girese a la Contaduría Municipal.- Hecho, archívese.-

DECRETO Nº509/2023