Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 799/2023
Adolfo Gonzales Chaves, 25/08/2023
Visto
El Expediente 4055-147-2023, donde a fojas 1 la Sra. María Alejandra Rebolini, solicita la habilitación de un comercio de su propiedad, en el rubro Kiosco, Librería, Fotocopias y Regalería, ubicado en esta ciudad;
La documentación obrante a fojas 2/9;
El informe del Jefe de Catastro y Obras Particulares a fojas 11;
Lo informado por el Juez de Faltas Municipal a fojas 14;
Lo dictaminado por el Director de Asesoría Letrada a fojas 15;
Lo informado por el Jefe de la Oficina de Industria y Comercio a fojas 16;
Lo informado por la Jefe de Rentas a fojas 17; y
Considerando
Que este Departamento Ejecutivo no tiene inconveniente alguno en otorgar la habilitación solicitada en forma provisoria, por adeudar el inmueble Plano de Ampliación, Revalúo Inmobiliario, Inspección Final de Obra y abonar Derechos de Construcción en esta Municipalidad;
Por ello;
el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- Otórgase la habilitación del comercio en el rubro Kiosco, Librería, Fotocopias y Regalería, propiedad de la Sra. María Alejandra Rebolini, DNI Nº 31.299.313, ubicado en calle Tucumán nº 154 de esta ciudad de Adolfo Gonzales Chaves, en forma “provisoria” por el término de ciento ochenta (180) días, a partir de su notificación.-
ARTICULO 2º.- La vigencia de la habilitación queda sujeta al cumplimiento de requisitos que puedan establecerse por normas legales; sin derecho a indemnización alguna para la titular por la caducidad de la misma.-
ARTICULO 3º.- Emplázase al titular del inmueble, a presentar Plano de Ampliación, Revalúo Inmobiliario, Inspección Final de Obra y abonar Derechos de Construcción, en el plazo de ciento ochenta (180) días, por adeudarse dicha documentación según informe del Jefe de Catastro obrante a fojas 11 del Expediente 4055-147-2023.- El plazo otorgado es improrrogable, cancelándose automáticamente la presente habilitación.-
ARTICULO 4º.- Tomen razón Contaduría, Oficina de Obras Particulares y Oficina de Industria y Comercio.-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-