Boletines/Nueve de Julio

Ordenanza Nº7095/2023

Ordenanza Nº 7095/2023

Nueve de Julio, 28/09/2023

LOTE PROGRAMA “PLAN FAMILIA PROPIETARIA” - AUTORIZA A ESCRITURAR CON GRAVAMEN HIPOTECARIO: CLAUDIA ALEJANDRA MAIDANA.  VISTO:

El expediente municipal Nº 4082-2874/2016.

CONSIDERANDO:

Que de conformidad al boleto de compraventa de fojas 38 del expediente referenciado en el Visto de la presente, resulta adjudicataria del lote identificado como Circunscripción XV, Sección B, Chacra 160, Manzana 160c, Parcela 28 de 9 de Julio, la señora CLAUDIA ALEJANDRA MAIDANA (D.N.I. Nº 18.656.921). Que a fojas 42/44 consta informe de obra y el señor Secretario de Vivienda y Urbanismo a fojas 45 considera cumplido el cargo de construcción. Que a fojas 46/47 del expediente la Dirección General de Ingresos Públicos adjunta deuda por reintegro de plan familia propietaria y a fojas 48 obra minuta contable a los fines de constituir hipoteca en primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio.

Que a fojas 49/50 obra el informe social de los ocupantes de la vivienda. Que de conformidad al Artículo 54 y concordantes de la ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta de bienes de la Municipalidad.

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Autorízase al Señor Intendente Municipal conjuntamente con la Escribanía General de Gobierno a extender la escritura traslativa de dominio del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción XV, Sección B, Chacra 160, Manzana 160c, Parcela 28 de 9 de Julio perteneciente al Programa “Plan Familia Propietaria”, en favor de la señora CLAUDIA ALEJANDRA MAIDANA (D.N.I. Nº 18.656.921), con gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio conforme el precio de venta de la vivienda. ARTICULO 2º: Establézcase hipoteca de primer grado en favor de la Municipalidad de 9 de Julio, de conformidad a la siguiente minuta contable : - Precio de Venta sin interés al 31/05/2023: pesos doscientos ochenta y ocho mil ($ 288.000). - Valor de las cuotas sin interés: pesos cuatro mil ($ 4.000). - Cantidad de cuotas: setenta y dos (72). - Cuotas abonadas: seis (6). - Saldo hipotecario sin interés a mayo de 2023: pesos doscientos sesenta y cuatro mil mil ($ 264.000). - Saldo hipotecario con interés a mayo de 2023: pesos doscientos sesenta y cuatro mil mil ($ 264.000).

ARTICULO 3º: Declárese de Interés Social en los términos del Artículo 4º inciso d) de la Ley 10.830 la escrituración de la venta del lote a favor de la beneficiaria procediéndose a su escrituración por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, autorizándose a escriturar el inmueble objeto de la presente con gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio.

ARTÍCULO 4º: En la escritura deberá dejarse constancia que “la beneficiaria no podrá transferir el lote por el término de cinco (5) años, bajo condición resolutoria y que se compromete a que la construcción levantada en el terreno entregado será destinada a vivienda única y de ocupación permanente del grupo familiar. Su incumplimiento dará derecho a la revocación del dominio mediante retrocesión”.

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.