Boletines/Nueve de Julio
Ordenanza Nº 7092/2023
Nueve de Julio, 14/09/2023
LOTE PROGRAMA “PLAN FAMILIA PROPIETARIA” - AUTORIZA A ESCRITURAR CON GRAVAMEN HIPOTECARIO: ANTONELLA ROCIO MONTES DE OCA.
VISTO:
El expediente municipal Nº 4082-312/2023.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad al boleto de compraventa de fojas 2 del expediente referenciado en el Visto de la presente, resulta adjudicataria del lote identificado como Circunscripción XV, Sección C, Chacra 281a, Manzana 281x, Parcela 16 de 9 de Julio, la señora ANTONELLA ROCIO MONTES DE OCA (D.N.I. Nº 38.045.994).
Que a fojas 8/10 consta informe de obra y el señor Secretario de Vivienda y Urbanismo a fojas 11 considera cumplido el cargo de construcción.
Que a fojas 12/13 obra el informe social de los ocupantes de la vivienda. Que a fojas 16/17 del expediente la Dirección General de Ingresos Públicos adjunta deuda por reintegro de plan familia propietaria y a fojas 18 obra minuta contable a los fines de constituir hipoteca en primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio.
Que de conformidad al Artículo 54 y concordantes de la ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta de bienes de la Municipalidad.
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase al Señor Intendente Municipal conjuntamente con la Escribanía General de Gobierno a extender la escritura traslativa de dominio del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción XV, Sección C, Chacra 281a, Manzana 281x, Parcela 16 de 9 de Julio perteneciente al Programa “Plan Familia Propietaria”, en favor de la señora ANTONELLA ROCIO MONTES DE OCA (D.N.I. Nº 38.045.994)de estado civil casada, con gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio conforme el precio de venta de la vivienda.
ARTICULO 2º: Establézcase hipoteca de primer grado en favor de la Municipalidad de 9 de Julio, de conformidad a la siguiente minuta contable : - Precio de Venta sin interés al 10/08/2023: pesos doscientos ochenta y ocho mil ($ 288.000). - Valor de las cuotas sin interés: pesos cuatro mil ($ 4.000). - Cantidad de cuotas: setenta y dos (72). - Cuotas abonadas: trece (13). - Saldo hipotecario sin interés a agosto de 2023: pesos doscientos treinta y seis mil ($ 236.000). - Saldo hipotecario con interés a agosto de 2023: pesos doscientos treinta y siete mil cuarenta ($ 237.040).
ARTICULO 3º: Declárese de Interés Social en los términos del Artículo 4º inciso d) de la Ley 10.830 la escrituración de la venta del lote a favor de la beneficiaria procediéndose a su escrituración por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, autorizándose a escriturar el inmueble objeto de la presente con gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio.
ARTÍCULO 4º: En la escritura deberá dejarse constancia que “la beneficiaria no podrá transferir el lote por el término de cinco (5) años, bajo condición resolutoria y que se compromete a que la construcción levantada en el terreno entregado será destinada a vivienda única y de ocupación permanente del grupo familiar. Su incumplimiento dará derecho a la revocación del dominio mediante retrocesión”.
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.