Boletines/Las Flores

Ordenanza Nº3522/2023

Ordenanza Nº 3522/2023

Las Flores, 27/07/2023

ORDENANZA

ORDENANZA 3522/2023

Visto:

El expediente Nº  4865/2022 Alc. 1, en el que tramita la solicitud de aprobación -y el cambio de imputación de la inversión- del nuevo Presupuesto Nº 200.000/2022-2023 presentado por la Cooperativa de Electricidad, Obras, Crédito, Vivienda y Servicios Públicos de Las Flores Ltda., respecto de la ejecución de la Etapa II de la obra “L.A.B.T. y C.T.A.” para el abastecimiento energético al futuro barrio “Luz y Fuerza” situado en Avda. Vidal – 25 de Mayo – L. N. Alem – Calle Interna – Av. M. V. Paz de la ciudad de Las Flores; y

Considerando:

Que, oportunamente, mediante la sanción y posterior promulgación de la Ordenanza Nº 3481, de fecha 5 de Enero de 2023, se convalidó el contrato de construcción y suministro de energía eléctrica para la obra “L.A.B.T. y C.T.A.”, destinada al abastecimiento energético al “Futuro Barrio Luz y Fuerza situado en Avda. Vidal – 25 de Mayo – L. N. Alem – Calle Interna – Av. M. V. Paz” de la ciudad de Las Flores, celebrado entre la Cooperativa de Electricidad, Obras, Crédito, Vivienda y Servicios Públicos de Las Flores Ltda. y la Municipalidad de Las Flores;

Que, el referido contrato fue suscripto con fecha 20 de Octubre de 2022, por un importe total presupuestado por la Cooperativa de dieciocho millones ochenta y ocho mil ciento sesenta y cinco pesos con un centavo ($ 18.088.165,01.=);

Que, la ejecución de la obra a cargo de la Cooperativa estaba prevista en dos (2) etapas, a saber: una primera etapa, cuyo costo fue presupuestado en la suma de dos millones setecientos cuarenta y tres mil cuatrocientos sesenta y cuatro pesos con cero cuatro centavos ($ 2.743.464,04.=) y, una SEGUNDA ETAPA, cuyo costo fue presupuestado en quince millones trescientos cuarenta y cuatro mil setecientos pesos con noventa y siete centavos ($ 15.344.700,97.=) –ver cláusula “segunda – costo total de la obra” del “contrato de construcción y suministro de energía eléctrica”-;

Que, al suscribirse el Contrato se estaban gestionando fondos de origen provincial para la realización de la obra encomendada a la Cooperativa, pero todavía no se había concretado la firma del convenio respectivo con el Ministerio de Habitat y Desarrollo Urbano de la Provincia de Buenos Aires. Por ello, los gastos que pudiera demandar la ejecución del Contrato suscripto con la Cooperativa de Electricidad fueron imputados a Recursos Ordinarios, Jurisdicción 1110104000 “Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos”, Programa 37 “Subsecretaría de Planeamiento y Obras Públicas”, Partida 4.2.2.0., “Construcción en bienes de dominio público” – “Actividad 63 “Construcción 50 Viviendas Luz y Fuerza”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, del Presupuesto de Gastos vigente (ver Artículo 2º de la Ordenanza Nº 3481/2023);

Que, luego de suscripto el Contrato con la Cooperativa de Electricidad, se concretó la firma de un Convenio con el Ministerio de Hábitat y Desarrollo Urbano de la Provincia de Buenos Aires, en virtud del cual el Ministerio le otorgó a la Municipalidad de Las Flores un subsidio de cuarenta y un millones doscientos sesenta y seis mil seiscientos setenta y siete pesos con sesenta y nueve centavos ($ 41.266.677,69.=), equivalente a la cantidad de cuatrocientos veinticinco mil novecientos doce con sesenta y seis Unidades de Vivienda (UVI), destinado a financiar la ejecución del proyecto de obra pública municipal “Infraestructura para barrio de 50 Viviendas en el partido de Las Flores”;

Que, mediante Ordenanza Nº 3475/2022 (promulgada por Decreto Nº 5/2023) el H.C.D. convalidó el Convenio referido en el párrafo precedente;

Que, la Cooperativa de Electricidad, Obras, Crédito, Vivienda y Servicios Públicos de Las Flores Ltda. ejecutó la primera etapa de la obra detallada en el “Contrato de Construcción y Suministro de Energía Eléctrica” y la Municipalidad de Las Flores le liquidó la suma de $ 2.743.464.= (Orden de Pago de fecha 29/06/2023, Documento Nº 7428);

Que, el Contrato suscripto con la Cooperativa prevé que el monto a abonar por “El Usuario” en concepto de materiales podría verse alterado en caso de alguna variación importante al momento de la compra de los mismos (cláusula SEGUNDA – Apartado titulado “materiales”) y, a la vez, consigna que los presupuestos de referencia fueron elaborados en base a la cotización del Dólar Banco Nación del día 20/10/2022, la que ascendía a $ 159,50 por cada dólar (cláusula quinta – consideraciones generales, noveno párrafo);

Que, teniendo en cuenta las pautas contractuales detalladas en el párrafo precedente y los mayores costos de la obra, la Cooperativa de Electricidad ha confeccionado un nuevo Presupuesto, Nº 200.000/2022-2023, obrante a fs. 2/5 del Expediente Nº 4063-4865/2022, conforme el cual el costo total de la segunda etapa de la obra “L.A.B.T. y C.T.A.”, destinada al abastecimiento energético al “Futuro Barrio Luz y Fuerza situado en Avda. Vidal – 25 de Mayo – L. N. Alem – Calle Interna – Av. M. V. Paz” de la ciudad de Las Flores asciende a la suma de veintisiete millones noventa y un mil ochocientos treinta y cinco pesos con sesenta y nueve centavos ($ 27.091.835,69.=). Dicho importe, sumado al abonado por el Municipio para cancelar el precio de la primera etapa, eleva el monto total del contrato de construcción y suministro de energía eléctrica a la suma de veintinueve millones ochocientos treinta y cinco mil doscientos noventa y nueve pesos con sesenta y nueve centavos ($ 29.835.299,69.=);

Que, de acuerdo con los antecedentes reseñados en los considerandos precedentes, corresponde aprobar el nuevo monto total de la obra, autorizar el gasto y autorizar la re imputación de los gastos derivados de la ejecución del Contrato de Construcción y Suministro de Energía Eléctrica, los que deberán ser imputados a la partida 4.2.2.0. “Construcciones en bienes de dominio público” de la Jurisdicción 1110104000 “Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos”, Proyecto 63 “Construcción 50 Viviendas Luz y Fuerza”, Fuente de Financiamiento 132 “De origen Provincial”, Recurso 22.5.01.40 “Convenio Ministerio de Hábitat y Desarrollo Urbano – Infraestructura 50 Viviendas Luz y Fuerza”, del Presupuesto de Gastos vigente, de acuerdo a lo informado por la Contadora Municipal a fs. 8 del Expediente 4063-4865/2022 Alc. 1;

Por ello

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LAS FLORES APRUEBA Y SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

Art. 1°: Apruébase  el Presupuesto Nº 200.000/2022-2023, obrante a fs. 2/5 del expediente Nº 4063-4865/2022 Alc. 1, elaborado por la Cooperativa de Electricidad, Obras, Crédito, Vivienda y Servicios Públicos de Las Flores Ltda., por la suma de  veintisiete millones noventa y un mil ochocientos treinta y cinco pesos con sesenta y nueve centavos ($ 27.091.835,69.=), correspondiente al costo de la SEGUNDA ETAPA de la obra “L.A.B.T. y C.T.A.”, destinada al abastecimiento energético al “Futuro Barrio Luz y Fuerza situado en Avda. Vidal – 25 de Mayo – L. N. Alem – Calle Interna – Av. M. V. Paz” de la ciudad de Las Flores.

Art. 2º: Apruébase, de acuerdo con el importe consignado para la “Segunda Etapa” de la Obra en el Presupuesto detallado en el artículo 1º , el monto total del Contrato de Construcción y Suministro de Energía Eléctrica para la obra “L.A.B.T. y C.T.A.”, destinada al abastecimiento energético al “Futuro Barrio Luz y Fuerza situado en Avda. Vidal – 25 de Mayo – L. N. Alem – Calle Interna – Av. M. V. Paz” de la ciudad de Las Flores, celebrado entre la Cooperativa de Electricidad, Obras, Crédito, Vivienda y Servicios Públicos de Las Flores Ltda. y la Municipalidad de Las Flores, que asciende a la suma de veintinueve millones ochocientos treinta y cinco mil doscientos noventa y nueve pesos con sesenta y nueve centavos ($ 29.835.299,69.=).

Art. 3º: Autorízase a re imputar la erogación resultante de lo dispuesto en el artículo 1º de la Ordenanza Nº 3481/2023 y a imputar los gastos derivados de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente Ordenanza a la Partida 4.2.2.0. “Construcciones en bienes de dominio público” de la Jurisdicción 1110104000 “Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos”, Proyecto 63 “Construcción 50 Viviendas Luz y Fuerza”, Fuente de Financiamiento 132 “De origen Provincial”, Recurso 22.5.01.40 “Convenio Ministerio de Hábitat y Desarrollo Urbano – Infraestructura 50 Viviendas Luz y Fuerza”, del Presupuesto de Gastos vigente.

Art. 4º: Comuníquese al DE y dese al Registro Oficial del HCD.

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE LAS FLORES A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.

 

 

Ariana Pertusi                                    Prof. Fabian Blanstein

  Secretaria                                                Presidente

 

 

/// Corresponde Ordenanza Nº 3522/2023.-

PROMULGADA POR DECRETO Nº 2114 DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE FECHA 1º DE AGOSTO DE 2023.-

 

 

       Abg. JAVIER E. DI GIANO                                                                                    Ing. ALBERTO C. GELENÉ

                      Secretario de Gobierno                                                                                           Intendente Municipal

 

PUBLICADA:  4 DE SEPTIEMBRE DE 2023