Boletines/Daireaux

Decreto Nº723/2023

Decreto Nº 723/2023

Daireaux, 06/06/2023

AUTORIZANDO AUTO CLUB SALAZAR CARRERA AUTOMOVILISTICA

Visto

La nota presentada por las autoridades del “Auto Club Salazar”, y

Considerando

Que por la misma solicitan autorización para realizar dos competencia automovilísticas de la categoría Cras los días sábado 1 y domingo 2 de Julio de 2023, a realizarse en el en el Circuito “El Cautivo” de la Localidad de Salazar;

Que el Registro de Entidades de Bien Público informa que “Auto Club Salazar” se encuentra registrado bajo el Nro. de Legajo 39/86;

Que luego de un análisis de la solicitud formulada por la Entidad mencionada, y en cumplimiento con lo dispuesto por las normas legales que rigen la materia, el Municipio debe extender la correspondiente autorización a fin de que sea elevada a la Cartera Provincial pertinente, la que se expedirá al respecto autorizando los eventos y habilitando el circuito;

                              Que a su vez debe acordarse que la entidad deberá cumplir  con la asistencia del poder de policía para cada fecha, como así también asistencia sanitaria y todo aquel servicio que resulta pertinente, debiendo cumplir con lo establecido en la Ley 11.825 y concordantes referente a la  prohibición de venta de bebidas alcohólicas (“Articulo 5º. Dispónese la prohibición de venta, expendio y/o suministro a cualquier título, de bebidas alcohólicas en los lugares donde se efectúen eventos de convocatoria masiva…”;                    

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

D  E  C  R  E  T A 

ARTICULO 1º. Autorizase al Auto Club Salazar – Entidad de Bien Público Nro. 39/86- a realizar dos competencias automovilísticas  los días 01 y 02 de Julio de 2023 con la participación de las Categorías Cras. en las instalaciones del Circuito “El Cautivo” de dicha Localidad de Salazar , quedando la presente supeditada a la habilitación final que expida la Cartera Provincial que corresponda.------------------------------------------------------

ARTICULO 2º. La entidad organizadora asume bajo su total responsabilidad todo riesgo que el evento pudiera ocasionar debiendo a tal efecto suscribir una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil, como así también requerir la asistencia del Personal de Policía y Asistencia Sanitaria a fin de prevenir accidentes, debiendo cumplir con lo establecido en la Ley 11.825 referente a la prohibición de venta de bebidas alcohólicas.---------

ARTICULO 3º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.---------------------------------