Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 443
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 17/07/2023
Visto lo solicitado en nota obrante a fojas 1 por el agente Jorge Luis REYNAFE, DNI 16.455.095, CUIL 20-16455095-9, Legajo N° 6.526, dependiente de la Delegación Municipal Norte, mediante la cual pone a disposición su renuncia a partir del 01 de julio de 2023, al cargo que viene desempeñando, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, de acuerdo a los alcances de la Ley N° 9.650, con su correspondiente retribución especial por treinta (30) años de servicios según lo establecido en el Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca (C.C.T.M.B.B.) y Decreto Municipal Nº 336 del Expte. 260-4592-2001; y considerando:
Que el agente en cuestión se acogerá a los beneficios jubilatorios, atento a lo establecido en el Art. 63 C.C.T.M.B.B., y Decretos 561/1996 y 659/1996 de expediente 260-6658-1996, otorgándole al mencionado un Anticipo Jubilatorio consistente en el 60% de su remuneración mensual, habitual y permanente y conforme a la última escala de sueldos vigente, en el presente acto, correspondiente a la categoría 06/2A.2.
Que el Artículo 72º inc. “F” ley Nº 14.656 y C.C.T.M.B.B. establece: “Cuando el cese del trabajador se produjera computando como mínimos treinta años de servicio, se le otorgará una retribución especial sin cargo de reintegro equivalente a seis (6) mensualidades del sueldo básico de la categoría en que revista, o del Salario Mínimo Vital y Móvil si este fuera superior, sin descuento de ninguna índole...”.
Que el Departamento Administración del Personal a fojas 4 y 5 del expediente de referencia informa que el mencionado agente se desempeña en este Municipio desde el 03/03/1987, razón por la cual se encuentra en condición de acogerse a los beneficios jubilatorios a partir del 01/07/2023, de acuerdo a los alcances de la Ley Nº 9.650 – Sección Municipalidades y reúne los requisitos establecidos en el Artículo 72º inc. “F” ley Nº 14.656 y C.C.T.M.B.B.
Por lo expuesto y considerando la imputación informada a fojas 5 del expediente de referencia por la Subdirección de Presupuesto y el Departamento de Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º) Acéptese la renuncia al cargo que viene desempeñando, a fin de acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria de acuerdo a los alcances de la Ley N° 9.650, presentada por el agente Jorge Luis REYNAFE, DNI 16.455.095, CUIL 20-16455095-9, Legajo N° 6.526, dependiente de la Delegación Municipal Norte (Oficina N° 123), categoría 06/2A, a partir del 01 de julio de 2023.
ARTICULO 2°) Hágase lugar al anticipo jubilatorio solicitado por el agente Jorge Luis REYNAFE, DNI 16.455.095, CUIL 20-16455095-9, Legajo N° 6.526, autorizando al Departamento Administración de Personal a liquidar la suma de PESOS DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA CON CUATRO CENTAVOS ($219.790,04), importe equivalente al sesenta por ciento (60%) de su remuneración mensual, habitual y permanente, a partir del 1° de julio de 2023, como adelanto de su haber jubilatorio, suma que será deducida al liquidarse este último por el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 63° del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca y Decretos 561/1996 y 659/1996.
ARTICULO 3°) Autorizase al Departamento de Administración de Personal a liquidar a favor del agente Jorge Luis REYNAFE, DNI 16.455.095, CUIL 20-16455095-9, Legajo N° 6.526, dependiente de la Delegación Municipal Norte (Oficina N° 123), la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS DOCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($1.312.479,66) en concepto de retribución especial por los treinta (30) años de servicios prestados en la Administración Comunal, en un todo de acuerdo con lo establecido en el Artículo 72° inc. “F” Ley N° 14.656 y C.C.T.M. de Bahía Blanca.
ARTICULO 4°) Autorizase al Departamento Administración de Personal a adecuar la suma indicada en el Artículo 2º del presente expediente, conforme a la escala de sueldos vigente al momento de realizar cada una de las liquidaciones de anticipo de sueldo.
ARTICULO 5°) Dejase constancia que todas las actuaciones obrantes y concernientes al Legajo personal N° 6.526, responden al nombre de Jorge Luis REYNAFE, DNI 16.455.095, CUIL 20-16455095-9, Clase 1.963.
ARTICULO 6°) Hágase saber al agente Jorge Luis REYNAFE, que deberá hacer entrega de la/las credenciales de la Dirección de Obra Social de Empleados Municipales.
ARTICULO 7°) Los gastos que demanden lo establecido en los Artículos 2º y 3º del presente, deberán imputarse a las Fuente: 110, Jurisdicciones: 1110104000 y 111119000; Cat. Prog.01.01.00; Gastos 6.2.1.0 y 1.1.7.2 del Presupuesto de gastos vigente.
ARTICULO 8°) Cúmplase, notifíquese, tomen nota el Departamento Administración del Personal, Subdirección de Presupuesto, Departamento de Contaduría General, División Jubilaciones y Pensiones y Delegación Municipal Norte, dése al R.O. y ARCHIVESE.-