Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº3312

Decreto Nº 3312

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 22/08/2023

VISTO el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la Redeterminación de Precios Definitiva correspondiente a los CERTIFICADOS Nº 5 Y N° 6, de la obra: “PAVIMENTACIÓN DE VARIAS CALLES DE BAHÍA BLANCA - SECTOR I” ejecutada por la empresa OBRAS ABEDUL S.R.L., y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 y 3 el Departamento Vialidad informa que se ha realizado la revisión de la Redeterminación de Precios Definitiva presentada por la empresa OBRAS ABEDUL S.R.L., en la cual se tomaron como valores de referencia los índices publicados por el Ministerio de Infraestructura Provincial.-

Que la solicitud de la adecuación fue realizada por la empresa dentro de los plazos previstos como establece el Artículo 92 inciso B del Pliego de Bases y Condiciones Generales.-

Que la fecha de Licitación fue el 15/09/2022; la fecha de Contrato: 25/10/2022; el Plazo de obra es de  150 días, y la fecha del Acta de Replanteo es el 07/11/2022.

Que se incorporan las planillas con análisis de precios redeterminados de los CERTIFICADOS Nº 5 y N° 6 actualizado por el Departamento Vialidad según Decreto 2113/2002.

Que en el CERTIFICADO Nº 5, donde el mes de ejecución de la obra fue MARZO 2023, se produce una variación de precios superior al 5% entre los precios unitarios de la última redeterminación (Febrero 2023) y los correspondientes al mes de ejecución de los mismos (Marzo 2023), por lo cual correspondería actualizar el Certificado, a los precios redeterminados al mes de Marzo de 2023. Pero atento a que no se ha presentado la redeterminación dentro de los plazos previsto, se deben actualizar los precios a los valores correspondientes al último mes redeterminado aprobado, es decir, se utilizarán los valores de referencia del mes de Febrero, como establece el Artículo 92 inciso B del Pliego de Bases y Condiciones Generales.

Que el Departamento Técnico informa además, que el mes de ejecución de los trabajos fue Marzo 2023, la fecha de publicación de los índices de Marzo 2023 fue 04/05/2023 y la fecha de la presentación de la empresa fue el día 12/06/2023.-

Que el monto Total Redeterminado del CERTIFICADO Nº 5 definitivo es de $13.355.504,45.- el importe  Certificado Base N° 5 es de $ 9.639.547,31; el importe por diferencia del Certificado Nº 5 es de $3.715.957,14  la deducción por  Anticipo Financiero de $ 1.114.787,14.- Siendo así la diferencia a abonar en concepto de redeterminación definitivo del CERTIFICADO Nº 5 un importe de  PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS UN MIL CIENTO SETENTA ($2.601.170,00) - Actualizado a Febrero 2023.-

Que en el CERTIFICADO Nº 6, donde el mes de ejecución de la obra fue ABRIL 2023, se produce una variación de precios superior al 5% entre los precios unitarios de la última redeterminación (Febrero 2023) y los correspondientes al mes de ejecución de los mismos (Abril 2023), por lo cual correspondería actualizar el Certificado, a los precios redeterminados al mes de Abril de 2023. Se informa que la presentación de la redeterminación fue dentro de los plazos previstos.

La Oficina Técnica informa que el mes de ejecución de los trabajos fue Abril 2023, la fecha de publicación índices de Abril 2023: 05/06/2023 y la fecha de la presentación de la empresa fue el 26/06/2023. 

Que el monto Total Redeterminado del CERTIFICADO Nº 6 definitivo es de $16.941.110,72.- el importe  Certificado Base N° 6 es de $ 10.246.282,92; el importe por diferencia del Certificado Nº 6 es de $6.694.827,80  la deducción por  Anticipo Financiero de $ 2.008.448,34.- Siendo así la diferencia a abonar en concepto de redeterminación definitivo del CERTIFICADO Nº 6 un importe de  PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($4.686.379,46) - Actualizado a Abril 2023.-

Que por lo tanto el Monto Total Redeterminado a Pagar del CERTIFICADO N° 5 y CERTIFICADO N° 6 es PESOS SIETE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($7.287.549,46).-

Que a fojas 79 el informe de la abogada de la Secretaría de Infraestructura deja constancia que el análisis deberá ajustarse a lo establecido por el Art. 92° inc. b del Pliego de Bases y Condiciones Generales, respecto a los plazos previstos, en caso que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, dejando aclarado que la misma deberá rechazarse. Agrega en su dictamen que en el presente caso no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido  de redeterminación conforme a los términos del informe técnico, por lo cual el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por el Pliego de Bases y Condiciones.

Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

ARTÍCULO 1º: Aprúebase la Redeterminación de Precios Definitiva correspondiente a los CERTIFICADO Nº 5 por un monto de $ 2.601.170,00 y CERTIFICADO N° 6 por un monto de $4.686.379,46, de la obra: “PAVIMENTACIÓN DE VARIAS CALLES DE BAHÍA BLANCA - SECTOR I”, cuya suma total a pagar asciende a la suma de PESOS SIETE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($7.287.549,46.-) en un todo de acuerdo con los considerandos y  antecedentes obrantes en el Expte. 417R-5837-2023.-

ARTÍCULO 2º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.75.00, Gasto 4.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.-

ARTÍCULO 3º: Cúmplase; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la Orden de Compra correspondiente, notifíquese a la firma OBRAS ABEDUL S.R.L. por intermedio del Departamento Vialidad; tome conocimiento el citado Departamento e incorpórese a través del mismo copia del presente decreto al expediente Nº 417R-4858-2022, y   ARCHÍVESE.-