Boletines/General Villegas

Resolución Nº220/23

Resolución Nº 220/23

Publicado en versión extractada

General Villegas, 28/04/2023

VISTO:

El Expediente Nº 1601/23, iniciado por el señor Pablo Daniel Rodríguez, solicitando la habilitación municipal de un comercio dedicado a la explotación del rubro “Salón para eventos y Shows en vivo”, desde el día 3 de febrero de 2023; y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 68 y 69, se adjunta el Acta de Inspección     Nº 11634 y el Censo de Comercio e Industria Nº 11559, mediante el cual declara no contar con empleados en relación de dependencia.

Que el Departamento Catastro a fojas 71, suministra los datos del inmueble donde funciona el comercio.

Que a fojas 73 obra el Acta de Inspección Nº 1158, realizada por la oficina de Bromatología, certificando que el mismo se encuentra en buenas condiciones edilicias y de higiene.

Que por Expediente Nº 1601/23 Alcance 1, agregado al principal como foja 82, el titular del comercio manifiesta que incorporó el rubro “Salón y Pista para baile, Boliche y Confitería Bailable” a la actividad comercial principal, a partir del 14 de abril de 2023.

Que a fojas 154 y 156, se adjunta el Acta de Inspección     Nº 11905 y el Censo de Comercio e Industria Nº 11805, mediante el cual declara contar con uno (1) empleado en relación de dependencia.

Que a fojas 162 obra el Acta de Inspección Nº 1167, realizada por la oficina de Bromatología, certificando que el mismo se encuentra en buenas condiciones edilicias y de higiene.

Que División Comercio e Inspección eleva el informe de práctica a fojas 170, requiriendo otorgar la habilitación y anexo provisorios del mismo.

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 187, informando que no registra deuda.

Que analizadas las presentes actuaciones, surge que no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente (Ordenanza Nº 3666 - Anexo I - Capítulo I - Artículo Primero – Inciso (Escritura del Inmueble).

Que a fojas 191 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE DEL MUNICIPAL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la habilitación provisoria de un comercio dedicado a la explotación del rubro “Salón para eventos y shows en vivo”, denominación comercial “LE CARP”, del señor Pablo Daniel Rodríguez D.N.I. Nº 26.888.286, Codificador de Rentas Nº 85300-04 y 84901-05, NIS Nº 1521222-01 – T4-Resid. Rural Ing. Altos, no contando con empleados en relación de dependencia, en el inmueble comercial ubicado en Sección Quintas de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción II- Sección A- Chacra 84- Parcela 2, fecha de apertura 3 de febrero de 2023.

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese la incorporación provisoria del rubro “Salón y Pista para baile, boliche y confitería bailable”, Codificador de Rentas Nº 84901-03 y 84901-04, a la actividad comercial principal mencionada en el Artículo Primero, desde el 14 de abril de 2023.

ARTÍCULO TERCERO: Concédase al señor Pablo Daniel Rodríguez DNI Nº 26.888.286, un plazo de ciento ochenta (180) días para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666 y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.

ARTÍCULO CUARTO: La habilitación provisoria concedida en el Artículo Primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia

ARTÍCULO QUINTO: Hágase saber que es obligación del contribuyente comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.

ARTÍCULO SEXTO: Deléguese en la oficina de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Seguridad, División Comercio e Inspección General, División Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.