Boletines/General Villegas

Resolución Nº215/23

Resolución Nº 215/23

Publicado en versión extractada

General Villegas, 26/04/2023

VISTO:

El Expediente Nº 2513/15, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente al señor Dardo Andrés Vassallo, dedicado a la explotación de los rubros “Zapatería - Indumentaria deportiva - Accesorios”, con fecha de alta 01 de abril de 2015, registrado como Contribuyente Nº 21458; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Acta de Constatación Nº 6988, realizada el 28 de septiembre de 2018, se verificó que el comercio ha dejado de funcionar como tal (fojas 67).

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 74 y 95, informando que el contribuyente no registra deuda.

Que por Expediente Nº 2513/15 Alcance 2, agregado a fojas 88, el recurrente comunica la baja de la actividad comercial, desde el 28 de septiembre de 2028.

Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.

Que a fojas 78, 98 y 102 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.                                    

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 28 de septiembre de 2018, del comercio perteneciente al señor DARDO ANDRES VASSALLO, DNI Nº 25.540.941, Contribuyente Nº 21458, habilitado con los rubros “ZAPATERÍA – INDUMENTARIA DEPORTIVA – ACCESORIOS”, denominación comercial “XR SPORT”, Codificadores de Rentas Nº 62200-04, 62200-02 y 62900-09,  con domicilio comercial en calle Almirante Brown Nº 1099 de esta ciudad, NIS Nº 1050660-01 – T1R – Residencial Estacional en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 7, Parcela 10a, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 2513/15.

ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.