Boletines/General Villegas
Decreto Nº 769/23
Publicado en versión extractada
General Villegas, 12/05/2023
VISTO:
El Expediente Nº 4261/23, iniciado por el señor Nicolás del Rosario González, D.N.I Nº 14.224.881 solicitando la eximición del pago de las Tasas Municipales, acompaña certificado de ex combatiente de Malvinas; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 5 interviene el Departamento de Catastro informando los datos catastrales del inmueble los cuales son Circunscripción I, Sección B, Quinta 55, Manzana 55a, Parcela 12 y que se registra a nombre de Nicolás del Rosario González y Glady Alcantara Quevedo.
Que Departamento de Rentas interviene de fojas 6 a 9, informando que el inmueble origen de actuados en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Tasa de Seguridad y Defensa Civil” presenta deuda correspondiente a la cuota 1/2023 y que fue exento desde el año 1998 a 2004 y desde 2007 al 2022.
Que la Ordenanza N° 2061/1987 establece en su Artículo primero que se eximirá de por vida el pago de la tasa por alumbrado, barrido y limpieza y Conservación de la Vía Pública y tasa por obras sanitarias de vivienda única a los ex combatientes de Malvinas o sus causahabientes.
Que la Secretaría de Desarrollo Social, con fecha 24 de abril de 2023 realiza una encuesta socioeconómica en el inmueble origen de actuados informando que el requirente convive con su esposa Glady Alcantara Quevedo, en la parte delantera del inmueble se observa un local de arreglo de celulares donde trabaja su hijo, quien vive en un departamento en la planta superior a este, en cuanto a su salud el señor González padece osteonecrosis de rodilla mientras que su esposa padece hipotiroidismo, HTA y alergias, ambos se encuentran en tratamiento, poseen obra social IOMA, en cuento a sus ingresos el señor González se desempeña como auxiliar percibiendo una suma de $316.166 y una pensión de $91.865, su esposa es ama de casa.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos a fojas 22, analiza el presente caso, sugiriendo eximir de la “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario de la Obra Pública” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil” por el ejercicio 2023 de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 71 de la Ordenanza Fiscal vigente y Artículo 1 de la Ordenanza N° 2061/1987.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Exímase al contribuyente de la “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil”, en virtud de encuadrar en lo dispuesto en el Artículo 1° de la Ordenanza 2061/1987 y en el Artículo 71° inciso f) de la Ordenanza Fiscal vigente de conformidad con el siguiente detalle:
Contribuyente Nº |
Datos Catastrales |
Apellido y Nombre |
Ejercicio |
11071 |
I – B – 55 – 55a - 12 |
González, Nicolás del Rosario Quevedo, Gladys Alcantara. |
2023 |
ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Contaduría, División Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Secretaría de Desarrollo Social, Dirección de Asuntos Jurídicos, Departamentos Catastro y Expedición, Tesorería, Procesamiento de la Recaudación y Honorable Concejo Deliberante; cúmplase y archívese.