Boletines/General Villegas
Decreto Nº 760/23
Publicado en versión extractada
General Villegas, 12/05/2023
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 4862/23, pertenecientes a la Licitación Privada N° 15/23 destinada a la “Adquisición de combustible - Gas Oil grado 2 y grado 3 - Abastecimiento para maquinarias de la Dirección Vial y Delegaciones Municipales - Reparación y mantenimiento de caminos rurales”, aprobado por Decreto N° 693/23; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 42 se adjunta el Acta de Apertura de Propuestas.
Que la oficina de Compras interviene a fojas 46, informando que se invitaron cinco (5) proveedores, de los cuales se presentó solo uno (1) y sugiere adjudicar la licitación de referencia al oferente Guazzaroni Greco S.A., por resultar conveniente a los intereses municipales.
Que el Artículo 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Artículo 187 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, contemplan el supuesto de adjudicación a única oferta con autorización del Honorable Concejo Deliberante.
Que es imprescindible resolver el acto licitatorio mediante el dictado del acto administrativo pertinente, ad referéndum de la aprobación del Honorable Concejo Deliberante, conforme lo previsto en el Artículo 232 del Reglamento antes citado.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Adjudícase la Licitación Privada Nº 15/23 destinada a la “Adquisición de combustible - Gas Oil grado 2 y grado 3 - Abastecimiento para maquinarias de la Dirección Vial y Delegaciones Municipales - Reparación y mantenimiento de caminos rurales”, a la firma GUAZZARONI GRECO S.A., en la suma de Pesos doce millones novecientos setenta y dos mil trescientos setenta ($ 12.972.370.-), por resultar conveniente a los intereses municipales y cumplir con lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto se dicta ad-referéndum de la aprobación del Honorable Concejo Deliberante General Villegas
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Compras, Contaduría, Dirección Vial y Tesorería; cúmplase y archívese.