Boletines/General Villegas

Decreto Nº745/23

Decreto Nº 745/23

Publicado en versión extractada

General Villegas, 10/05/2023

VISTO:

El Expediente Nº 5058/23 iniciado por la Jefa de Compras, elevando documentación para realizar un llamado a licitación privada destinada a la “adquisición de mano de obra para trabajos de poda y desmonte en quinta 12 de General Villegas”; y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1 y 2 se adjunta la Solicitud de Gastos         Nº 4575 y de Pedido Nº 3693.

Que el Pliego de Bases y Condiciones luce agregado a fojas 3 a 20.

Que resulta procedente efectuar un llamado a licitación privada, conforme las previsiones del Artículo 151º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Que la Contaduría Municipal informó la imputación a fojas 22.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Generales obrante en el Expediente Nº 5058/23, destinada a la “adquisición de mano de obra para trabajos de poda y desmonte en quinta 12 de General Villegas”, con un presupuesto oficial estimado de Pesos seis millones            ($ 6.000.000.-) y un plazo de ejecución de 90 días.

ARTÍCULO SEGUNDO: Llámase a Licitación Privada Nº 16/23, la apertura se realizará el día 24 de mayo de 2023, a la hora 11:00 en la Municipalidad de General Villegas, con la presencia de los interesados que deseen asistir y autoridades correspondientes.

ARTÍCULO TERCERO: Fíjase el valor del Pliego de Bases y Condiciones Generales en la suma de Pesos seis mil ($ 6.000,00.-).

ARTÍCULO CUARTO: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, deberá imputarse a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:

Jurisdicción:

1110106000 – Secretaría de Obras y Servicios Públicos

Categoría Programática

40.00.00

Proyecto:

Llamado a Lic Privada N° 16/23 – poda y desmonte en quinta 12 de General Villegas

Fuente de Financiamiento:

110 – Tesoro Municipal

Importe:

$ 6.000.000.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, de Planificación y Desarrollo Territorial, Contaduría, Compras, Tesorería y, cúmplase y archívese.