Boletines/General Villegas
Decreto Nº 709/23
Publicado en versión extractada
General Villegas, 05/05/2023
VISTO:
El Expediente Nº 4044/23, iniciado por el Presidente del Club Villegas Rugby Club, solicitando el alquiler del colectivo municipal a fin de trasladar las divisiones juveniles, M14, M16 y M18, quienes jugaran el campeonato en la zona; y
CONSIDERANDO:
Que las fechas requeridas son 28/5 en Lincoln, 4/6 en Bolivar, 2/7 en Trenque Lauquen, 6/8 en Junín, 3/9 en Olavarría.
Que la Secretaria de Deportes y Turismo, interviene a fojas 2, informando que se pone a disposición el colectivo para las fechas indicadas, debiendo la Institución abonar el monto fijado en el Capítulo XX Tasa por Servicios varios, Artículo 68° K)1 en la Ordenanza N° 6405.
Que el Artículo N° 62 inc k).1 de la Ordenanza N° 6405 prevé que “por el alquiler del micro municipal, se abonará el equivalente a 1 litros de gasoil por km recorrido. Los viáticos de los choferes serán determinados por el Departamento Ejecutivo de acuerdo a las características de cada viaje en particular. Será facultad del Departamento Ejecutivo, de acuerdo con el interés social de cada evento en particular, otorgar quitas parciales o totales sobre los montos antes establecidos”
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, interviene a fojas 11 sugiriendo otorgar el uso del colectivo para el viaje previsto a la ciudad de Chacabuco día 28 de mayo de 2023, asimismo respecto del resto de las solicitudes sugiere que la cotización sea más cercana a la fecha del pago.
Que se han cumplido todos los recaudos legales para otorgar el alquiler del colectivo municipal, destacándose el fin social perseguido en virtud de lo dispuesto en el Art. 62, inc. K. 1 de la Ordenanza Nº 6405.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otórguese en alquiler el ómnibus municipal a Villegas Rugby Club, a fin de viajar a la ciudad de Chacabuco las tres divisiones juveniles (M14, M15 y M16) a disputar las competencias del campeonato correspondiente, el 28 de mayo de 2023 de conformidad con el Artículo 62° inciso k) de la Ordenanza N° 6405.
ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a Secretaría de Deportes y Turismo, Dirección de Rentas, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación, Dirección de Asuntos Jurídicos y Tesorería, cúmplase y archívese.