Boletines/Saavedra

Decreto Nº750

Decreto Nº 750

Saavedra, 02/06/2023

“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”

CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 90004/2019.-

 

PIGÜÉ, 02 de junio de 2023.-

 

Visto

La nota Nº 39.280 que fuera ingresada por mesa de entradas el 10 de febrero de 2022, en la cual la Sra. Ema Soledad Colón solicita la rescisión de los comodatos que fueran oportunamente otorgados para el establecimiento de una farmacia en la localidad de Goyena.

Que la referida fue citada por la asesoría letrada en diversas oportunidades a efectos de suscribir el convenio de rescisión, sin haberse apersonado.

Que el artículo 28 de la Ley 9533/80 establece que tanto en la concesión de uso, o cualquier otra modalidad administrativa que acuerde la tenencia de bienes del dominio privado del Estado, la tenencia será siempre precaria y como consecuencia el acto revocable en cualquier tiempo por decisión de la autoridad competente.

Que el artículo 3º del contrato que antecede dispone "conforme lo normado por el artículo 28 de la Ley 9533/80, el COMODANTE se reserva el derecho de revocar el presente en cualquier tiempo.

Que a fs. 57 y vta. toma intervención la Asesoría Legal entendiendo que correspondería revocar el contrato de comodato suscripto con la Sra. Ema Soledad Colón a partir de 10 de febrero de 2022

POR ELLO, y en uso de sus atribuciones, el Intendente Municipal:

D E C R E T A

Art. 1º         Declárese rescindido el Contrato de Comodato y Anexo I, a partir del 10 de febrero de 2022, suscripto con la Farmacéutica EMA SOLEDAD COLÓN, con fecha 19 de julio de 2021, mediante el cual la Municipalidad cedía en Comodato una vivienda de su propiedad (Partida Nº 6215).-

Art. 2º         Comuníquese, tómese nota por Contaduría, Secretaría de Salud, Delegación Municipal de Goyena, dése al Registro de Decretos y cumplido, archívese.-