Boletines/Saavedra
Decreto Nº 669
Saavedra, 15/05/2023
“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 94005/2022.-
PIGÜÉ, 15 de mayo de 2023.-
Visto
Visto lo solicitado por el Secretario de Salud, los Contratos y Anexo I suscriptos y el informe del Contador Municipal, que corren agregados al presente expediente, el Intendente Municipal en uso de sus facultades:
POR ELLO, y en uso de sus atribuciones, el Intendente Municipal:
D E C R E T A
Art. 1º Convalídase el Contrato y Anexo I celebrado entre la Municipalidad de Saavedra – Pigüé y el DR. DANIEL HORACIO CARDILLO, C.U.I.T. Nº 20-12057491-5, quien prestará servicios en su carácter de médico anestesiólogo en el Hospital Municipal y Maternidad “Adolfo O. Ducós” de la ciudad de Pigüé, por el término de un (1) mes, a partir del 01 de mayo de 2023 hasta el 31 de mayo de 2023 inclusive.-
Art. 2º Convalídase el Contrato y Anexo I celebrado entre la Municipalidad de Saavedra – Pigüé y el DR. LUIS MATÍAS CARDILLO, C.U.I.T. Nº 20-34387672-7, quien prestará servicios en su carácter de médico anestesiólogo en el Hospital Municipal y Maternidad “Adolfo O. Ducós” de la ciudad de Pigüé, por el término de un (1) mes, a partir del 01 de mayo de 2023 hasta el 31 de mayo de 2023 inclusive.-
Art. 3º Convalídase el Contrato y Anexo I celebrado entre la Municipalidad de Saavedra – Pigüé y el DR. LUIS MARÍA PERRETI, C.U.I.T. Nº 20-16475803-7, quien prestará servicios en su carácter de médico anestesiólogo en el Hospital Municipal y Maternidad “Adolfo O. Ducós” de la ciudad de Pigüé, por el término de un (1) mes, a partir del 01 de mayo de 2023 hasta el 31 de mayo de 2023 inclusive.-
Art. 4º Convalídase el Contrato y Anexo I celebrado entre la Municipalidad de Saavedra – Pigüé y el DR. RODRIGO EFREN ZEYTUNTSIAN MAIZA, C.U.I.T. Nº 20-30719228-5, quien prestará servicios en su carácter de médico anestesiólogo en el Hospital Municipal y Maternidad “Adolfo O. Ducós” de la ciudad de Pigüé, por el término de un (1) mes, a partir del 01 de mayo de 2023 hasta el 31 de mayo de 2023 inclusive.-
Art. 5º La erogación de referencia deberá asignarse a la Jurisdicción 1110105000 – Secretaría de Salud Pública; Programa 21 – Modernización Tecnológica (PROMTEC); Imputación 3.4.2.0. – Médicos y sanitarios, del Presupuesto de Gastos vigente.-
Art. 6º Comuníquese, tómese nota por Contaduría, Tesorería, Dirección del Hospital y Maternidad Municipal de Pigüé, dése al Registro de Decretos y cumplido, archívese.-