Boletines/Saavedra

Decreto Nº578

Decreto Nº 578

Saavedra, 24/04/2023

1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”

 

CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 94748/2023.-

 

PIGÜÉ, 24 de abril de 2023.-

Visto

Visto lo solicitado por el Secretario de Desarrollo Urbano y Territorial, el acta suscripta por la Junta de Promoción, Calificación y Ascensos y el informe producido por el Contador Municipal, que corren agregados al presente expediente, el Intendente Municipal en uso de sus facultades:

POR ELLO, y en uso de sus atribuciones, el Intendente Municipal:

D E C R E T A

Art. 1º         Modifícase el Art. 1º del Decreto Nº 157/2023, de fecha 23 de enero de 2023, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Desígnase, a partir del 24 de enero de 2023 hasta el 12 de abril de 2023 inclusive, a CÉSAR DANIEL ROJAS, D.N.I. Nº 33.691.272, quien desempeñara funciones en el área de Recolección de Residuos, con asignación de Categoría 1, Régimen horario 42 hs. semanales de labor, y a partir del 13 de abril hasta el 24 de abril inclusive para desempeñar funciones en el sector Planta de Disposición Final de Residuos, con asignación de Categoría 1, Régimen horario 42 hs. semanales de labor, abonándosele bonificación por tarea insalubre”.-

Art. 2º         Amplíase la designación, a partir del 25 de abril de 2023 hasta el 25 de julio de 2023 inclusive, al agente CÉSAR DANIEL ROJAS, Legajo Nº 2255, quien desempeña funciones en la Planta de Disposición Final de Residuos, con asignación Categoría 1, Régimen horario 42 hs. semanales de labor, abonándosele bonificación por tarea insalubre.-

Art. 3º         La erogación producida deberá asignarse a la Jurisdicción 1110106000 – Secretaría de Desarrollo Urbano y Territorial; Programa 23-01 – Tratamiento y Disposición Final de Residuos – 1.2.1.0. – Retribuciones del Cargo – Agrupamiento 10 – Personal Temporario, del Presupuesto de Gastos vigente.-

Art. 4º  Comuníquese, tómese nota por la Oficina de Personal / Liquidación de Haberes, Contaduría, Tesorería, Secretaría de Desarrollo Urbano y Territorial quien notificará al agente mencionado y retendrá las presentes actuaciones por el período fijado, a fin de determinar la continuidad o no del mismo, dése al Registro de Decretos y cumplido, archívese