Boletines/Saavedra

Decreto Nº550

Decreto Nº 550

Saavedra, 17/04/2023

Corresponde a Expediente Nº 93.925/22

PIGUE, 17 de Abril de 2.023

 

Visto

La Resolución Nº 317/22 de reglamentación de los artículos 51° y 52° de La Ley Nº 15.310 de Presupuesto Provincial para el Ejercicio 2.022 en la cual se crea el “Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad y otros servicios asociados” cuyos recursos serán destinados a cámaras de seguridad, sistema de monitoreos y alertas y obras de infraestructura de seguridad

Que atento a lo establecido en el Artículo 119º, último párrafo de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Departamento Ejecutivo podrá practicar directamente las ampliaciones y creaciones de partidas que se financien con recursos afectados

POR ELLO, y en uso de sus atribuciones, el Intendente Municipal:

D E C R E T A

 

Artículo 1º: Ampliase en el Cálculo de Recursos del Ejercicio 2.023, la Partida que se detalla a continuación:

1140000 – Coparticipación de impuestos

 1141900 – Fondo Municipal para el Fortalecimiento de la Seguridad

y otros servicios asociados                                                                                         $    18.579.660,00

Financiamiento: 22- De Origen Provincial Afectado

 

Artículo 2º: Crease y/o ampliase en el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2.023, las Partidas que se detallan a continuación:

Jurisdicción: 1110102000 - Secretaría de Gobierno y Hacienda

 

 

16.00.00 - Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad y otros Servicios Asociados

 

 

16.01.00 - Abastecimiento comb y reparación de los móviles policiales

 

 

132 - De origen provincial

 

 

2.0.0.0 - Bienes de consumo

 

 

2.4.0.0 - Productos de cuero y caucho

 

 

2.4.4.0 - Cubiertas y cámaras de aire

 $                 466,096.00

crear

2.5.0.0 - Productos químicos, combustibles y lubricantes

 

 

2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes

 $               3,251,440.59

crear

2.7.0.0 - productos metálicos

 

 

2.7.2.0 - Productos no ferrosos

 $                          640.00

crear

2.7.5.0 - Herramientas menores

 $                            471.01

crear

2.7.9.0 - Otros

 $                          732.00

crear

2.9.0.0 - Otros bienes de consumo

 

 

2.9.6.0 - Repuestos y accesorios

 $                   421,828.11

crear

3.0.0.0 - Servicios no personales

 

 

3.3.0.0 - Mantenimiento, reparación y limpieza

 

 

3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos

 $                   235,313.13

crear

3.6.0.0 - Publicidad y propaganda

 

crear

3.6.9.0 - Otros

 $                       9,501.00

crear

16.76.00 - Tecnologías aplicadas a la Seguridad

 

 

132 - De origen provincial

 

 

2.0.0.0 - Bienes de consumo

 

 

2.9.0.0 - Otros bienes de consumo

 

 

2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos

 $               1,393,474.50

ampliar

3.0.0.0 - Servicios no personales

 

 

3.3.0.0 - Mantenimiento, reparación y limpieza

 

 

3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales

 $                 550,000.00

ampliar

4.0.0.0. Bienes de Uso

 

 

4.4.0.0. Equipos de Seguridad

 $             12,250,163.66

crear

 

 

 

TOTAL:

 $              18,579,660.00

 

 

Artículo 3º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º serán tomados del Capítulo establecido en el Artículo 1º.

Artículo 4º: Incorpórese a la estructura Programática 2.023 en la Jurisdicción:  1110102000

Secretaría de Gobierno y Hacienda en el Programa: 16 - Fondo Municipal de Fortalecimiento de

la Seguridad y otros Servicios Asociados: 01 – Abastecimiento combustible y reparación de

los móviles policiales.

 

Artículo 5º: Comuníquese, pase a Contaduría y Tesorería, dése al Registro de decretos y cumplido, archívese.

 DECRETO Nº 550/23