Boletines/Saavedra
Decreto Nº 550
Saavedra, 17/04/2023
Corresponde a Expediente Nº 93.925/22
PIGUE, 17 de Abril de 2.023
Visto
La Resolución Nº 317/22 de reglamentación de los artículos 51° y 52° de La Ley Nº 15.310 de Presupuesto Provincial para el Ejercicio 2.022 en la cual se crea el “Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad y otros servicios asociados” cuyos recursos serán destinados a cámaras de seguridad, sistema de monitoreos y alertas y obras de infraestructura de seguridad
Que atento a lo establecido en el Artículo 119º, último párrafo de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Departamento Ejecutivo podrá practicar directamente las ampliaciones y creaciones de partidas que se financien con recursos afectados
POR ELLO, y en uso de sus atribuciones, el Intendente Municipal:
D E C R E T A
Artículo 1º: Ampliase en el Cálculo de Recursos del Ejercicio 2.023, la Partida que se detalla a continuación:
1140000 – Coparticipación de impuestos
1141900 – Fondo Municipal para el Fortalecimiento de la Seguridad
y otros servicios asociados $ 18.579.660,00
Financiamiento: 22- De Origen Provincial Afectado
Artículo 2º: Crease y/o ampliase en el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2.023, las Partidas que se detallan a continuación:
Jurisdicción: 1110102000 - Secretaría de Gobierno y Hacienda |
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16.00.00 - Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad y otros Servicios Asociados |
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16.01.00 - Abastecimiento comb y reparación de los móviles policiales |
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132 - De origen provincial |
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2.0.0.0 - Bienes de consumo |
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2.4.0.0 - Productos de cuero y caucho |
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2.4.4.0 - Cubiertas y cámaras de aire |
$ 466,096.00 |
crear |
2.5.0.0 - Productos químicos, combustibles y lubricantes |
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2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes |
$ 3,251,440.59 |
crear |
2.7.0.0 - productos metálicos |
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2.7.2.0 - Productos no ferrosos |
$ 640.00 |
crear |
2.7.5.0 - Herramientas menores |
$ 471.01 |
crear |
2.7.9.0 - Otros |
$ 732.00 |
crear |
2.9.0.0 - Otros bienes de consumo |
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2.9.6.0 - Repuestos y accesorios |
$ 421,828.11 |
crear |
3.0.0.0 - Servicios no personales |
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3.3.0.0 - Mantenimiento, reparación y limpieza |
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3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos |
$ 235,313.13 |
crear |
3.6.0.0 - Publicidad y propaganda |
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crear |
3.6.9.0 - Otros |
$ 9,501.00 |
crear |
16.76.00 - Tecnologías aplicadas a la Seguridad |
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132 - De origen provincial |
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2.0.0.0 - Bienes de consumo |
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2.9.0.0 - Otros bienes de consumo |
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2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos |
$ 1,393,474.50 |
ampliar |
3.0.0.0 - Servicios no personales |
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3.3.0.0 - Mantenimiento, reparación y limpieza |
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3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales |
$ 550,000.00 |
ampliar |
4.0.0.0. Bienes de Uso |
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4.4.0.0. Equipos de Seguridad |
$ 12,250,163.66 |
crear |
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TOTAL: |
$ 18,579,660.00 |
Artículo 3º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º serán tomados del Capítulo establecido en el Artículo 1º.
Artículo 4º: Incorpórese a la estructura Programática 2.023 en la Jurisdicción: 1110102000 Secretaría de Gobierno y Hacienda en el Programa: 16 - Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad y otros Servicios Asociados: 01 – Abastecimiento combustible y reparación de los móviles policiales. |
Artículo 5º: Comuníquese, pase a Contaduría y Tesorería, dése al Registro de decretos y cumplido, archívese.
DECRETO Nº 550/23