Boletines/Saavedra

Decreto Nº395

Decreto Nº 395

Saavedra, 06/03/2023

Corresponde a Expediente Nº 93.925/22

PIGUE, 06 de Marzo de 2.023

 

Visto

La Resolución Nº 317/22 de reglamentación de los artículos 51° y 52° de La Ley Nº 15.310 de Presupuesto Provincial para el Ejercicio 2.022 en la cual se crea el “Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad y otros servicios asociados” cuyos recursos serán destinados a cámaras de seguridad, sistema de monitoreos y alertas y obras de infraestructura de seguridad

Que atento a lo establecido en el Artículo 119º, último párrafo de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Departamento Ejecutivo podrá practicar directamente las ampliaciones y creaciones de partidas que se financien con recursos afectados.

POR ELLO, y en uso de sus atribuciones, el Intendente Municipal:

D E C R E T A

 

Artículo 1º: Créase en el Cálculo de Recursos del Ejercicio 2.023, la Partida que se detalla a continuación:

1140000 – Coparticipación de impuestos

 1141900 – Fondo Municipal para el Fortalecimiento de la Seguridad

y otros servicios asociados                                                                                                                   $    9.156.630,00

Financiamiento: 22- De Origen Provincial Afectado

 

Artículo 2º: Crease en el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2.023, las Partidas que se detallan a continuación:

Jurisdicción: 1110102000 - Secretaría de Gobierno y Hacienda

 

16.00.00 - Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad y otros Servicios Asociados

16.56.00 - Centro de Monitoreo Municipal

 

132 - De origen provincial

 

2.0.0.0 - Bienes de consumo

 

2.6.0.0 - Productos de minerales no metálicos

 

2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica

 $             66,000.00

2.6.9.0 - Otros

 $             17,800.00

2.7.0.0 - productos metálicos

 

2.7.1.0 - Productos ferrosos

 $        1,471,250.00

2.7.2.0 - Productos no ferrosos

 $           200,320.00

2.7.4.0 - Estructuras metálicas acabadas

 $           408,359.99

2.7.9.0 - Otros

 $           417,200.00

2.9.0.0 - Otros bienes de consumo

 

2.9.2.0 - Útiles de escritorio, oficina y enseñanza

 $           141,559.99

2.9.9.0 - Otros

 $        2,113,135.00

3.0.0.0 - Servicios no personales

 

3.3.0.0 - Mantenimiento, reparación y limpieza

 

3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo

 $        1,003,120.04

16.00.00 - Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad y otros Servicios Asociados

16.76.00 - Tecnologías aplicadas a la Seguridad

 

132 - De origen provincial

 

2.0.0.0 - Bienes de consumo

 

2.7.0.0 - productos metálicos

 

2.7.9.0 - Otros

 $        2,078,400.00

2.9.0.0 - Otros bienes de consumo

 

2.9.3.0 - Útiles y materiales eléctricos

 $           946,292.98

2.9.6.0 - Repuestos y accesorios

 $             53,272.00

3.0.0.0 - Servicios no personales

 

3.3.0.0 - Mantenimiento, reparación y limpieza

 

3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales

 $           239,920.00

TOTAL:

 $        9,156,630.00

 

Artículo 3º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º serán tomados del Capítulo establecido en el Artículo 1º.

 

Artículo 4º: Incorpórese a la estructura Programática 2.023 en la:

  1110102000 - Secretaría de Gobierno y Hacienda

16 - Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad y otros Servicios Asociados

56 - Centro de monitoreo Municipal

78 - Tecnologías aplicadas a la Seguridad

 

Artículo 5º: Comuníquese, pase a Contaduría y Tesorería, dése al Registro de decretos y cumplido, archívese.

 

 DECRETO Nº 395/23