Boletines/Saavedra
Decreto Nº 382
Saavedra, 27/02/2023
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 94100/2022.-
PIGÜÉ, 27 de febrero de 2023.-
Visto
Visto lo solicitado por la Directora del Hospital y Maternidad Municipal de Pigüé y el informe producido por el Contador Municipal, que corren agregados al presente expediente, el Intendente Municipal en uso de sus facultades:
POR ELLO, y en uso de sus atribuciones, el Intendente Municipal:
D E C R E T A
Art. 1º Amplíase la designación y autorízase la modificación de funciones y régimen horario, a partir del 01 de febrero de 2023 hasta el 14 de febrero de 2023 inclusive, a DALMA SELENE PLUIS, Legajo Nº 2222, quien desempeñará tareas como Mucama en el Sector Internación del Hospital y Maternidad Municipal de Pigüé, con asignación de Categoría 1, Régimen horario 42 hs. semanales de labor, abonándosele bonificación por turno rotativo.-
Art. 2º La erogación producida deberá asignarse a la Jurisdicción 1110105000 – Secretaría de Salud Pública; Programa 16-01 – Hospital y Maternidad Municipal de Pigüé– 1.2.1.0 – Retribuciones del Cargo; Agrupamiento 10 – Personal Temporario, del Presupuesto de Gastos vigente.-
Art. 3° Amplíase la designación y autorízase el cambio de sector, a partir del 15 de febrero de 2023 hasta el 28 de febrero de 2023 inclusive, a DALMA SELENE PLUIS, Legajo Nº 2222, quien desempeñará tareas como Mucama en el Sector Internación del Hogar de Ancianos del Hospital y Maternidad Municipal de Pigüé, con asignación de Categoría 1, Régimen horario 42 hs. semanales de labor, abonándosele bonificación por turno rotativo y tarea insalubre.-
Art. 4° La erogación producida deberá asignarse a la Jurisdicción 1110105000 – Secretaría de Salud Pública; Programa 17 – Atención de Ancianos y Salud Mental de Pigüé – 1.2.1.0 – Retribuciones del Cargo; Agrupamiento 10 – Personal Temporario, del Presupuesto de Gastos vigente.-
Art. 5º Comuníquese, tómese nota por la Oficina de Personal / Liquidación de Haberes, Contaduría, Tesorería, Dirección del Hospital y Maternidad Municipal de Pigüé quien notificará al agente y retendrá las presentes actuaciones por el período fijado, a fin de determinar la continuidad o no de la misma, dése al Registro de Decretos y cumplido, archívese.-