Boletines/Saavedra
Decreto Nº 368
Saavedra, 24/02/2023
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 86543/2017.-
PIGÜÉ, 24 de febrero de 2023.-
Visto
Visto el Art. 163º del Convenio Colectivo de Trabajo, el Intendente Municipal en uso de sus facultades:
POR ELLO, y en uso de sus atribuciones, el Intendente Municipal:
D E C R E T A
Art. 1º Reténgase el 1,25% (uno con veinticinco por ciento) de todos los haberes remunerativos, con el pago del sueldo del mes de Febrero 2023, de todos los trabajadores municipales que no resulten afiliados al Sindicato de Trabajadores Municipales del Ptdo. de Saavedra. No es aplicable a los afiliados al Sindicato Trabajadores Mpales., ni al Intendente Municipal, ni a los Concejales, Secretarios y Subsecretarios del D.E., Juez de Faltas, Secretarios de los Bloques Políticos del Honorable Concejo Deliberante, con excepción de los/as que desempeñan dichas tareas con retención de cargos administrativos con nombramientos en el Presupuesto, Directores Generales, Directores y todo otro funcionario y/o personal “con designación de carácter político”.-
Art. 2º Comuníquese, tómese nota por la Oficina de Personal / Liquidación de Haberes, Contaduría, Tesorería, dése al Registro de Decretos y cumplido, archívese.-
DECRETO Nº 368/2023.-