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Decreto Nº609-23

Decreto Nº 609-23

Alberti, 04/07/2023

Visto

Las constancias del expediente administrativo 4002-5250/23, por el cual se tramita la prescripción adquisitiva a favor de la MUNICIPALIDAD DE ALBERTI, de los bienes inmuebles identificados según plano CARTOARBA como: Circunscripción VIII, Sección A, Manzana 1, Partida 604, de la localidad de Achupallas, Partido de Alberti.

Lo normado en el artículo 1899,1900 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, Ley Nacional  21477, modificada por ley 24320; y

Considerando

Que, conforme surge de las constancias del Expediente Administrativo antes indicado, la parcela en cuestión fue utilizada por más de 20 años por el señor Mario Oscar Reynoso, y ha detentando desde entonces su posesión.

Que así ha quedado demostrado a través de los testimonios vertidos en el expediente administrativo por los señores Andrés Chili, Mónica Irene Palazzo y Marta Evelia Palazzo

Que los testimonios en cuestión se corroboran con las restantes constancias documentales obrantes en el expediente, a saber: informe presentado por la Secretaría de Obras Públicas del Municipio, y demás instrumentos adjuntos.

Que se encuentra acreditada entonces la posesión ejercida por el señor Mario Oscar Reynoso sobre el bien en cuestión con “animus domini”, en forma pública, pacífica, continua e ininterrumpida durante el tiempo fijado por la ley (conf. arts. 1899.1900 y concordantes del Código Civil y Comercial).

Que, conforme con lo expuesto, se encuentran reunidos en el presente caso los recaudos previstos por el artículo 1899 del Código Civil y Comercial, así como en la Ley Nacional 24320, que sustenta la prescripción adquisitiva a favor del señor Mario Oscar Reynoso.

Que el señor Mario Oscar Reynoso ha cedido los derechos y acciones posesorias que le corresponden sobre el bien inmueble a la Municipalidad de Alberti mediante un convenio de cesión de derechos posesorios que consta en el expediente 4002-5250/23.

Que, en consecuencia, resulta procedente declarar operada la prescripción adquisitiva a favor de la Municipalidad de Alberti de la parcela de terreno señalada, en los términos de la normativa antes citada.

Que corresponde entonces dictar el pertinente acto administrativo.

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE ALBERTI, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

ARTÍCULO 1º: Declárase operada la prescripción adquisitiva de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1899 del Código Civil y la Ley Nacional 21477, texto ordenado por ley 24320, a favor de la MUNICIPALIDAD DE ALBERTI, de la parcela de terreno ubicada en la localidad de Achupallas, Partido de ALBERTI, identificada catastralmente como Circunscripción VIII, Sección A, Manzana 1, Partida 604, la cual según plano CARTOARBA consta de una superficie mil seiscientos metros cuadrados (1600 m2) con la situación, dimensiones y linderos que se consignan en el referido plano.

ARTÍCULO 2º: Dispónese extender la pertinente escritura declarativa de dominio del inmueble usucapido, para su ulterior inscripción en la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Inmueble, a través de la ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO, organismo al que se remitirán al efecto los antecedentes del caso.-

ARTÍCULO 3º:Tomen razón las dependencias correspondientes a sus efectos.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial de Decretos y archívese.-