Boletines/Adolfo Alsina
Decreto Nº 1423/23
Adolfo Alsina, 06/07/2023
Visto
El Expediente Nº: 4001-1088/23, mediante el cual la Comisión Directiva del CLUB DE LEONES de la ciudad de Carhué, solicita autorización para poner en circulación una rifa anual para el año 2023; y
Considerando
Que la misma reúne las condiciones, cumplimentando los requisitos exigidos por la Ordenanza Nº: 4352/18;
El Intendente Municipal del partido de Adolfo Alsina en uso de las atribuciones que le son propias; D E C R E T A:
Art. 1º - Autorízase a la Comisión Directiva del CLUB DE LEONES de la ciudad de Carhué, a poner en circulación anual, que constará de trescientas treinta y tres (333) boletas con tres (3) números de tres (3) cifras cada una, al valor unitario de PESOS DOCE MIL ($12.000,00.-), a sortearse por Quiniela Nocturna de la Provincia de Buenos Aires en las últimas jugadas de los meses de Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre. Podrá abonarse en cuatro (4) cuotas iguales y consecutivas de PESOS TRES MIL ( $ 3.000,00) cada una.
A) Sorteos
* Orden de compra de $50.000 cada una en los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2023.-
* Orden de compra de $150.000 a quien haya abonado la totalidad de la rifa en el mes de Octubre de 2023.-
* Orden de compra de $ 1.200.000 en el sorteo final de Diciembre de 2023.
Art. 2º - La entidad organizadora deberá publicar en diario y/o periódico de la localidad, y/o radiofonía, y/o televisión, en forma veraz y suficiente, la rifa organizada y autorizada, en particular fecha del sorteo y Lotería por la que se juega; premios a entregar; lugar y fecha de entrega de los mismos.-
Art. 3º - El incumplimiento por parte de la institución organizadora a cualquiera de las normas establecidas en la Ordenanza Nº: 4352/18, dará lugar a la aplicación de sanciones que consistirán en inhabilitación de dos (2) a diez (10) años para emitir rifas.-
Art. 4º - La autorización que se concede queda sujeta a las disposiciones de la Ordenanza Nº: 4352/18.-
Art. 5º - Comuníquese con copia a la institución interesada, publíquese, tomen razón las oficinas respectivas y dése al Libro de Decretos.-
Fdo: “Lic. Martín M. Gavio – Secretario de Gobierno Municipalidad de Adolfo Alsina, Lic. Javier Andres – Intendente Municipalidad de Adolfo Alsina”