Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº1471/23

Decreto Nº 1471/23

San Andrés de Giles, 19/05/2023

Visto

Que el Honorable Concejo Deliberante durante la sesión ordinaria celebrada el día  18 de mayo de 2023 sancionó la ordenanza en virtud de la cuál se autoriza la apertura de calles a ceder, en virtud de lo requerido por los Sres. Miguel Angel Garcia y Patricia Silvia Ruiz ;   y

Considerando

Que el artículo 108º Inciso II de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que es facultad del Departamento Ejecutivo promulgar o vetar las Ordenanzas que sanciona el Honorable Concejo Deliberante.

Por ello el Intendente Municipal Interino  en uso de las facultades legales que le son propias:

D  E  C  R  E  T  A

 

 

ARTÍCULO 1º:  Promulgar la Ordenanza , sancionada por el Honorable Concejo Deliberante durante la sesión ordinaria celebrada el día 18 de mayo de 2023, en virtud de la cual  se autoriza la apertura de calles a ceder, en virtud de lo requerido por los Sres. Miguel Angel Garcia y Patricia Silvia Ruiz en el expediente nº 4101-14622/22, a efectos de cuyo registro llevará el nº 2600/23.

 

ARTICULO  2º:     Registrar, , dar intervención a las áreas cuya intervención  corresponda, comunicar publicar y archivar.

 

 

      

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ORDENANZA  Nº 2600/23

 

Visto:

Las actuaciones contenidas en el expediente 4101-14622/2022; ;  y

 

Considerando:

 

Que las mismas tienen su origen en la presentación oportunamente formulada ante el Municipio, por los Sres. Miguel Angel Garcia y Patricia Silvia Ruiz    ,  referente  a la aprobación del proyecto de  “mensura,  y cesión de calles” , correspondiente a la fracción identificada con la siguiente Nomenclatura Catastral: Circunscripción V ; Parcela 537C del partido de San Andrés de Giles.

Que, la zona donde se halla emplazada dichs parcela es rural.

 Que, el COUyT no contempla un trazado preventivo para dicha zona, por lo que el proyecto

obrante en las presentes actuaciones, propone una apertura de calle según muestra el plano de mensura agregado.

            Que, la parcela se encuentra baldia, según acta de inspección N° 017041.         

            Que, las calles  propuestas, cumplirán  con el ancho mínimo reglamentario  y el cedente deberá realizar las tareas requeridas para su certificación definitiva, según proyecto aprobado por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, se procediéndose al visado correspondiente, en el momento que se encuentra cumplimentado este requisito, como así también la instalación del resto de los servicios exigidos (amojonado, desagües pluviales , energía eléctrica domiciliaria, alumbrado público, y forestación )

Que obra en presentes actuaciones, el dictamen de la Sra. Directora de Planeamiento y Obras Particulares.

Que asimismo, ha sido incorporado dictamen del Sr. Asesor Letrado de la Municipalidad.

Que conforme al artículo 27 inc. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde a la función deliberativa municipal, reglamentar el trazado, apertura, rectificación,  construcción y conservación de  calles, caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y,  las delineaciones y niveles, en las situaciones no comprendidas en la competencia provincial.

            Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

            ORDENANZA

 

 

Artículo 1º:  Autorizar la apertura de calles a ceder , según trazado que figura a fs. 11 del expediente nº 4101-14622/22, en virtud de lo requerido por los  Sres. Miguel Angel Garcia y Patricia Silvia Ruiz .

Artículo 2º: Los trabajos de movimiento de suelo,  construcción  de  alambrados y demás obras que demande la apertura de la calle y su habilitación al uso público, serán a exclusivo cargo y costo de los propietarios cedentes. Asimismo la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, aprobará el proyecto de las mismas y supervisará su construcción  hasta su finalización, siendo éste requisito previo indispensable para proceder al visado del plano, caso contrario se visará con las restricciones correspondientes.

Artículo 3º: Una vez   realizada la aprobación definitiva del Proyecto por parte de la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires, se libraran al uso público las calles abiertas y se  incorporarán  las mismas,  al dominio municipal.

Artículo 4º: De forma.-

 

Dada en sesión ordinaria celebrada por este Concejo Deliberante en San Andrés de Giles el día 18 de mayo de 2023.

Firmada:
Germán De Rossi                                                                  Gustavo D. lennard

 Secretario HCD                                                                      Presidente HCD

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                  Liliana Bonetti                                          Gustavo Lennard

                                              

               Secretaria Ad Hoc                                       Presidente del HCD

 

 

Dada en Sesión Extraordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 29 de diciembre de 2021.-