Boletines/Saladillo
Decreto Nº 1051/2023
Saladillo, 13/04/2023
Visto
el expediente de la referencia, mediante el cual, el Subsecretario de Cultura, Educación, y Derechos Humanos, solicita se declare de interés municipal el Programa Fondo Municipal para la Producción Literaria “SUSANA ESTHER SOBA”, que se llevará a cabo durante los meses de abril a agosto del año 2023, en el Partido de Saladillo; y
Considerando
que a través de la Subsecretaría de Cultura, Educación, y Derechos Humanos, se abrirá el llamado a las Becas SUSANA ESTHER SOBA, Fondo Municipal para la Producción Literaria, convocando a escritores/as argentinos/as y/o extranjeros que residan legalmente en el partido, con el objeto de promover, reconocer y valorar la producción literaria de artistas locales;
QUE el monto de la beca será de $ 300.000,00 distribuidas en dos becas de $ 150.000,00 cada una, en dos categorías:
QUE, están destinadas a obras literarias inéditas en su fase de edición, e impresión o diseño online de aquellas obras en los siguientes géneros literarios: cuento, novela, novela gráfica, no ficción (ensayo, investigación, crónica, biografías, memorias, reportajes, etc.);
QUE la inscripción estará abierta desde el día 15 de abril al día 26 de junio de 2023, a través de la plataforma on-line https://cedh.saladillo.gob.ar/;
QUE la selección de los becarios estará a cargo de un jurado de relevante trayectoria, designado por el Municipio, compuesto por tres jurados titulares, que podrán contar con el apoyo (en caso de infortunio en la etapa evaluatoria) de tres jurados suplentes;
QUE, es política de este Departamento Ejecutivo apoyar este tipo de programas;
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DE SALADILLO, en uso de sus facultades
D E C R E T A
ARTÍCULO 1: Declarar de Interés Municipal el Programa Fondo Municipal para la Producción Literaria “SUSANA ESTHER SOBA”, que se llevará a cabo durante los meses de abril a agosto del año 2023, en el Partido de Saladillo, y que tiene como finalidad convocar a escritores/as argentinos/as y/o extranjeros que residan legalmente en el partido, con el objeto de promover, reconocer y valorar la producción literaria de artistas locales.
ARTÍCULO 2: Establecer el monto de la beca en la suma de pesos trescientos mil ($ 300.000,00.-) distribuidas en dos becas de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000,00) cada una, en dos categorías: 1-Becas Autoría y 2- Becas Coautoría.
ARTICULO 3: Establecer que el período de inscripción para participar del Programa Fondo Municipal para la Producción Literaria “SUSANA ESTHER SOBA”, será desde el día 15 de abril al día 26 de junio de 2023, el cual deberá realizarse a través de la plataforma on-line https://cedh.saladillo.gob.ar/.
ARTICULO 4: Establecer que la selección de los becarios será efectuada por un jurado interdisciplinario, designado por el Departamento Ejecutivo a través de la Subsecretaria de Cultura, Educación, y Derechos Humanos, cuya integración deberá contar con tres jurados titulares, que podrán suplantarse (en caso de infortunio en la etapa evaluatoria) de tres jurados suplentes.
ARTICULO 5: Aprobar el reglamento que –como Anexo I- forma parte del presente, el que establece los lineamientos generales y particulares a tener en cuenta para la ejecución del Programa Fondo Municipal para la Producción Literaria “SUSANA ESTHER SOBA”
ARTICULO 6: Autorizar a las Oficinas de Compras, Contaduría y Tesorería, a contratar las personas que serán designadas como jurados, liquidar y efectivizar gastos de impresiones y/o cualquier otro gasto que pudiera ocasionar la ejecución de las actividades enunciadas en el artículo primero.
ARTICULO 7: Comunicar, tomar razón las correspondientes oficinas y, cumplido, dar al Registro Oficial de Decretos.
DECRETO 1051/2023