Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 21529
Bahia Blanca, 17/08/2023
VISTO
El proyecto de Ordenanza obrante a fojas 9, a través del cual se le dan por reconocidos los servicios desempeñados como becaria de la Municipalidad de Bahía Blanca por la agente Silvina VERRON, legajo N° 14.112, dependiente de la Secretaría de Gobierno (oficina N° 310), correspondientes a tres (3) años, un (1) mes y ocho (8) días; y
CONSIDERANDO
Que a través de la Resolución 567/2023, obrante a fojas 5, se dieron por reconocidos los servicios mencionados.
Que conforme surge de lo informado a fojas 8 por la Contaduría General, el gasto mencionado en las presentes actuaciones no se encuentra contemplado en los ejercicios económicos 2021 y 2022, por lo cual no está incluido en la deuda flotante, motivo por el cual se considera necesaria la intervención del Honorable Concejo Deliberante.
Por lo expuesto, el H.Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1° - Autorízase al Departamento Ejecutivo, a través del Departamento Administración de Personal, a abonar las diferencias salariales en favor de la agente Silvina VERRON, legajo N° 14.112, dependiente de la Secretaría de Gobierno (oficina N° 310), que surgen del reconocimiento de los servicios que prestó como becaria de la Municipalidad de Bahía Blanca, dispuesto por Resolución 567/2023, obrante a fojas 5 del expediente 0/00-5489-2023, y conforme a los antecedentes que obran en las presentes actuaciones.
Artículo 2° - El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior correspondía de origen a las partidas 1.1.3.1 / 1.1.4.0 / 1.1.6.1 / 1.1.6.2. Fuente de Financiamiento 110, Jurisdicción 1110104000, Categoría Programática 01.01.00 del Presupuesto de Gastos de los años 2021 y 2022, deberá imputarse en la deuda flotante del presupuesto de gastos del ejercicio vigente.
Artículo 3° - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.