Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº685/2023

Decreto Nº 685/2023

Adolfo Gonzales Chaves, 14/07/2023

Visto

El Expediente 4055-136-2022, mediante el cual se tramita la solicitud de habilitación de un vehículo automotor para TRANSPORTE ESCOLAR, propiedad del Sr. OMAR ATILIO DE FRANCESCO;

La documentación agregada a fojas 29/37;

Lo informado por el responsable de la Oficina de Tránsito Municipal a fojas 39;

Los informes del Director de Ingresos Públicos y del Juez de Faltas Municipal, obrantes a fojas 40 y 46, respectivamente, de donde surge que el solicitante no registra deudas exigibles a su nombre;

Lo dictaminado por el Director de Asesoría Letrada a fojas 47;

Lo informado por el Jefe de la Oficina de Industria y Comercio a fojas 48; y

Considerando

Lo previsto por la Ordenanza Municipal nº 1154/1986;

Por ello;

 el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.- Concédese a partir del día de la fecha y hasta el 31-10-2023, la habilitación provisoria de un vehículo marca MERCEDES BENZ, Modelo SPRINTER 310D/C3550, tipo VEHICULOS LIGEROS, DOMINIO BZR100, Motor nº 632999-10-022170, Chasis nº 8AC690341WA515576, para TRANSPORTE ESCOLAR, propiedad de OMAR ATILIO DE FRANCESCO, DNI Nº 12.536.982, con domicilio en calle Mar Del Plata Nº 230 de Adolfo Gonzales Chaves.- El chofer del vehículo habilitado será el Sr. PABLO ENRIQUE DI GIACOMO, DNI Nº 20.812.644, con domicilio en calle Antártida Argentina nº 280 de Adolfo Gonzales Chaves.-   

                           

ARTICULO 2º.- Se deja expresa constancia que la presente habilitación se otorga para prestar el servicio solicitado, únicamente dentro del Distrito de Adolfo Gonzales Chaves.-

 

ARTICULO 3º.- La vigencia de la habilitación queda sujeta al cumplimiento de requisitos que puedan establecerse por normas legales, sin derecho a indemnización alguna para el titular por la caducidad de la misma.- Se deja constancia que el titular deberá renovar: Verificación Técnica Vehicular con vencimiento en el mes de Octubre de 2023.- En caso de no renovar la mencionada documentación, la presente habilitación quedará sin efecto el día 31 de Octubre de 2023, por vencimiento de la VTV.-

 

ARTICULO 4º.- Tomen razón Contaduría, Oficina de Tránsito y Oficina de Industria y Comercio.-

 

ARTICULO 5º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-