Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 683/2023
Adolfo Gonzales Chaves, 14/07/2023
Visto
El Expediente 4055-10-2023, mediante el cual se tramitan Ayudas Económicas Para Pago de Servicios a Personas Carenciadas; y
Considerando
La necesidad de dar respuesta concreta a las carencias emergentes de la situación por la que atraviesan las familias en estado de vulnerabilidad social;
Que Contaduría Municipal informó partida presupuestaria donde se imputarán los gastos tramitados en el presente Expediente, durante el Ejercicio 2023;
Lo solicitado por la Delegada Municipal de De La Garma, a fojas 142 y por la Directora de Acción Social a fojas 144 y 147;
Las facturas y/o constancias de deudas de servicios agregadas a fojas 143, 145 y 148;
Las Encuestas Socioeconómicas agregadas a fojas 146 y 149;
Por ello;
El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- Otórguese ayuda económica a las personas que a continuación se detallan, para abonar servicios de la vivienda que habitan:
Pesos Veinticuatro Mil ($ 24.000) a Andrea Lorena Miranda, DNI Nº 32.117.090, De La Garma; y
Pesos Ocho Mil Doscientos Setenta con 05/100 ($ 8.260,05) a Andrea Beatriz Juárez, DNI Nº 20.812.617;
Pesos Cinco Mil Doscientos Diecinueve con 19/100 ($ 5219,19) a Ángel Segundo Durrels, DNI Nº 14.214.533.-
ARTICULO 2º.- Los gastos mencionados en el Artículo 1º, se imputarán con cargo a las siguientes partidas del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110101000 Unidad Intendente
Programa 16.06.00: Acción Social de La Garma: Dirección de Acción Social
Fuente de Financiamiento 110: de Origen Municipal
5.0.0.0 Transferencias
5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes
5.1.4.1 Ayudas sociales a personas
Jurisdicción 1110132000 Secretaria de Gobierno y Hacienda
Programa 21.17.00: Dirección de Acción Social
Fuente de Financiamiento 110: de Origen Municipal
5.0.0.0 Transferencias
5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes
5.1.4.1 Ayudas sociales a personas
ARTICULO 3º.- Tomen razón Contaduría, Tesorería y Dirección de Acción Social.-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-