Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 2171
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 15/08/2023
Visto las presentes actuaciones, atento a la nota presentada a fs. 1 del expediente Nº 0-3878/2021, a fs. 2 del expediente Nº 0-10456/2022 y fs. 2 del expediente Nº 0-2764/2023 por CARMODY RICARDO TERENCIO, DNI 16.206.001, mediante la cual solicita el otorgamiento de los beneficios estipulados en los Artículos Nº 80 y Nº 6 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva 2021, 2022 Y 2023, respecto a la Partida Nº 41.383 y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo Nº 80 de la Ordenanza Fiscal 2021, 2022 y 2023, establece: “Los propietarios y/o poseedores a título de dueño de un único bien inmueble baldío, en el cual proyectan construir su vivienda única, gozarán de un descuento en la tasa total liquidada de acuerdo con lo que establezca la Ordenanza Impositiva"
Que el Artículo Nº 6 de la Ordenanza Impositiva 2021, 2022 y 2023, dispone que “Para los casos comprendidos dentro de lo establecido en el Artículo 80º de la Ordenanza Fiscal, la tasa total liquidada gozará de un descuento del 80%.";
Que, el Departamento Catastro informa a fs. 5 del expediente Nº 0-3878/2021 que el inmueble identificado con la partida Nº 41.383 tiene como destinatario al Sr. Carmody Ricardo y cumple con las condiciones establecidas en el Art. 80 de la Ordenanza Fiscal 2021;
Que, a fs. 4 del expediente Nº 0-10456/2022 informa que el inmueble identificado catastralmente como: Circ. II, Secc. D, Mz. 285t, Parc. 11, Partida 41383 figura como titular de dominio a Cortese Sebastián y responsable de pago Carmody Ricardo y manifiesta que no se registran a otros inmuebles a nombre del recurrente;
Que, a fs. 6 y 6 vta. del expediente Nº 0-2764/2023 el Departamento Catastro informa que la partida Nº 41383 tiene como destinatario al Sr. Carmody Ricardo y cumple con las condiciones establecidas en el Art. 80 de la Ordenanza Fiscal 2023;
Que, el Departamento Recaudación sugiere a fs. 7 del expediente Nº 0-2764/2023, otorgar un descuento del 80% en el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación de la Vía Pública, desde la cuota 06/2021 y hasta 12/2023 a la partida inmobiliaria N° 41.383 en un todo conforme lo previsto en los artículos 80 y 6 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva 2021, 2022 y 2023;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º: Reducir a la Partida Nº 41.383 en un 80% el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, desde las cuotas 06/2021 y hasta 12/2023, en un todo de acuerdo a lo normado en los Artículos Nº 80 y Nº 6 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva 2021, 2022 y 2023, y a los considerandos de la presente resolución.
ARTICULO 2º: Cúmplir, notifícar, dar al R.O., tomar nota Departamento de Recaudación, hecho ARCHIVAR.-