Boletines/Magdalena

Decreto Nº150

Decreto Nº 150

Magdalena, 24/01/2023

Visto

Las actuaciones del Expediente electrónico número 5981/22 mediante las cuales STOERMAN HERMAN ENRIQUECUIT 20-26080542-9,solicita la habilitación del vehículo Marca: FIAT, Modelo: SIENA EL 1.4, Dominio: AA322YB, propiedad de STOERMAN HERMAN ENRIQUECUIT 20-26080542-9, Titular 100%, para ser afectado al Servicio de Remisses en la Agencia de su propiedad ubicada en calle Las Heras N°392; Que en el mismo acto solicita la baja del vehículo Dominio: BIN414 que fuera habilitado mediante Resolución de fecha 26 de agosto de 2005;  y

Considerando

Que de la documentación que se adjunta surge que se han cumplimentado los requisitos exigidos por la normativa vigente.

Que de acuerdo a lo establecido en el Art.7 de la Ordenanza 2152/04, el modelo del vehículo a habilitar no podrá ser superior a los 8 años de antigüedad, pudiendo ser reemplazado en tanto reúna las condiciones exigidas para ello.

Que teniendo en cuenta el Modelo año del vehículo, la presente Habilitación tendrá validez hasta el 31 de diciembre de 2024.

 

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha la BAJA del Servicio de Remisses  al vehículo  Marca: RENAULT, Modelo: 19 RE Diesel; Dominio: BIN414, Año1997, Motor Nº: AA70352, Chasis: BA1L534LZV5013031, que fuera habilitado  para ser afectado a la agencia de Remisses Legajo Municipal N°61429 propiedad de STOERMAN HERMAN ENRIQUECUIT 20-26080542-9, ubicada en calle Las Heras n°392.

Artículo 2º: Habilítese en su reemplazo para ser afectado a la mima Agencia, como automotor N°1 al vehículo Marca: FIAT, Modelo: SIENA EL 1.4, Dominio: AA322YB, Año: 2016, Motor: 310A20112822469, Chasis: 9BD372316G4064914, propiedad deSTOERMAN HERMAN ENRIQUECUIT 20-26080542-9, Titular 100%.

Artículo 3º: La presente Habilitación tendrá validez por el término de 24 (veinticuatro) meses, venciendo en consecuencia el día 31 de diciembre de 2024.

Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.

 

 

Fdo.

LISANDRO HOURCADE

Intendente Municipal

Fdo.

Dña. MARINA NATALIA BLANCO

Secretaria de Gobierno