Boletines/Magdalena
Decreto Nº 88
Magdalena, 13/01/2023
Visto
Las actuaciones del expediente electrónico número 5781/22 mediante las cuales solicita la baja del comercio habilitado a nombre de TRICERRI CARLOS, HORACIO Y LUIS SOC. DE HECHO, CUIT - 30-62576341-6, Legajo Municipal Nº 60799, habilitado con el rubro ESTACION DE SERVICIO – MINIMERCADO, que fuera habilitado mediante Resolución de fecha 28 de Septiembre de 1983, ubicado en calle San Julián esquina Montevideo s/n de la localidad de Bartolomé Bavio, Partido de Magdalena, en virtud de haber cesado sus actividades el día 01de abril de 2020; y
Considerando
Que de la documentación que se adjunta surge que se han cumplimentado los requisitos pertinentes.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,
DECRETA
Artículo 1º: Autorizar y registrar, con retroactividad al 01 de abril de 2020, la BAJA municipal del comercio cuya actividad es ESTACION DE SERVICIO - MINIMERCADO (Código de actividad: 62.100-06; 62.900-14), propiedad de TRICERRI CARLOS, HORACIO Y LUIS SOC. DE HECHO, CUIT - 30-62576341-6, Legajo Municipal Nº 60799, sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección A, Manzana 67, Parcela 16 y Partida Inmobiliaria Nº 10.691, ubicado en calle San Julián esquina Montevideo s/n, localidad de Bartolomé Bavio Partido de Magdalena.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda Cr. Andrés García a/c de la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.
Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al registro municipal y archívese.
Fdo.
LISANDRO HOURCADE
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda